Código Sanitario Chileno

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1. Historia del TENS

1.1. ¿Qué significado tiene las siglas TENS? Técnico Enfermería Nivel Superior

1.2. ¿Qué significará la palabra enfermería? Esta palabra proviene de su origen en Latín el cual quiere decir "cuidar´" o "quien amamanta."

1.3. En 1957 se crea el colegio de practicantes de enfermería en Chile.

1.4. 1957: primeros inicios de formación del personal auxiliar de Enfermería bajo supervisión de enfermeras.

1.5. En junio de 1906 se fundó la Escuela de Enfermeras del Estado, agregado directamente de la Facultad de Medicina y Farmacia de la Universidad de Chile.

1.6. En el año1989 los auxiliares de enfermería, iniciaron un proceso de tecnificación de su estamento.

1.7. En 1999 se marca un hito importante ya que egresa la primera generación de TENS.

1.8. El 2017, superintendencia de salud admite/reconoce las menciones como arsenalera quirúrgica, ginecoobstetricia, anestesista, urgencias, en los TENS.

1.9. Durante los años 2017 – 2018 existió una disputa del gremio para ser reconocidos en el código sanitario.

1.10. La creación de la mesa del trabajo MINSAL a través del departamento de salud pública, para modificar el libro V del código sanitario, todo esto acontecido en 2019.

2. Decreto 90

2.1. El cual

2.1.1. Aprueba reglamento para ejercicio de las profesiones auxiliares de la medicina, odontologica, quimica, y farmacia, etc.

2.1.1.1. Considerando:

2.1.1.1.1. Necesidad de regulación de profesionales auxiliares de medicina con la conservación y restablecimiento de la salud e incorporar además otras áreas de desempeño de estas profesiones auxiliares.

2.2. Realiza ejercicios de administración básicos en salas de procedimiento básico.

2.3. Admitir, orientar y preparar anímicamente al paciente para la atención odontológica

2.4. Ingresar a través de toma de datos del paciente y mantener actualizado el sistema de información de salud vigente.

2.5. Llevar a cabo labores administrativas básicas en la sala de procedimientos odontológica: registros, inventarios, manejo de insumos clínicos odontológicos diarios, citaciones, comunicación con laboratorios, entre otras. Efectuando el inventario de equipos y materiales del área.

2.6. Hacer labores de arsenalera y actividades de pabellones.

2.7. Cooperar en toma de muestras para exámenes de laboratorio: de sangre, orina, deposiciones, según indicación y supervisión del profesional respectivo.

2.8. El Auxiliar Paramédico de Enfermería está habilitado para accionar técnicas y procedimientos básicos de enfermería, en ejercicios de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, bajo supervisión directa de un profesional a cargo.

2.9. Art. 4° Las Municipalidades corresponde atender asuntos de orden sanitario

2.10. Del artículo 114°.- No se permite a una misma persona realizar actividades en conjunto unitario refiriéndose a profesiones de médico-cirujano y las de farmacéutico, químico-farmacéutico o bío-químico.

3. Cuyo objetivo es:

3.1. Norma funciones del personal de la salud tanto profesional como auxiliar tomando en cuenta los conceptos que tiene al interior de la ley tanto en el sector de la salud como administrativos.

4. Se define como

4.1. Rige todos los hechos relacionados con el fomento, protección y recuperación de la salud de los habitantes de la republica excepto aquellas sometidas a otras leyes.

5. Fue creado el

5.1. 31 de Enero de 1968

6. Luego en

6.1. 1958 egresa el primer curso de auxiliares de enfermería en Chile

6.1.1. Cuyo desempeño segun el decreto 261 articulo 2 es:

6.1.1.1. Colaborar con el equipo de Salud en la educación de los pacientes y de la comunidad conforme a las normas que se establezcan sobre la materia

6.1.1.1.1. Fue oficializada por MINSAL el

6.1.1.1.2. 26 de Marzo como dia del TENS

6.2. Constituido también por los siguientes Articulos:

6.2.1. ARTICULO 27

6.2.1.1. Hay un tiempo determinado para aislar a cada paciente en pieza individual y no vaya a contagiar a los demás pacientes, en cuanto a las posibles personas portadoras del agente patógeno y que se puedan encontrar en tiempo de la incubación de las Enfermedades transmisibles en salud en el caso el personal de salud tendrán que ejecutar restricciones o normas las cuales serian los tipos de precauciones en el personal y los elementos de protección personal además del cumplimiento de un lavado de manos obligatorio, para que así el agente patógeno no se vaya a transmitir rápidamente y evitar posibles aplazamientos en su estancia hospitalaria.

6.2.2. ARTICULO 38

6.2.2.1. Este articulo se va a dar a entender que el servicio nacional de salud va a vigilar atentamente los agentes que tengan atentado al medio ambiente y afecten la salud y calidad de vida de las personas, ya que si afectan al aire habrá una contaminación ambiental es por ello que en la ciudad de Santiago hay un alto índice de contaminación ambiental y se otorgan restricciones en el transporte y esto trae consecuencias a las personas en su salud.

6.2.3. ARTICULO 67

6.2.3.1. Determina la educación (brindar información de uso de anticonceptivos y preservativo) y promoción (toma de test VIH, consultas con ginecólogo) que el personal de la salud le entrega al paciente, la prevención que evita que se enfermen los usuarios y se propague en la población las enfermedades transmisibles sexuales.

6.2.4. ARTICULO 79

6.2.4.1. Este articulo da a conocer que en caso de construcción, que se ejecuten obras de arreglar y ampliar cualquier planta en tratamiento de desechos de diferente clase es necesaria una aprobación o dado luz verde por el servicio nacional de salud. O sea va a dar su visto bueno para realizar las actividades anteriormente mencionadas.

6.2.5. ARTICULO 90

6.2.5.1. Esta idea de la ley hace referencia a las situaciones o circunstancias indispensables para realizar la producción de medicamentos, importación de estos medicamentos, el gasto y consumo de medicamento la posesión responsable de estos, el transporte adecuado con la correspondiente distribución, la utilización y eliminación de sustancia toxicas como mercurio, cadmio, etc y los productos peligrosos de carácter corrosivo como líquidos inflamables, y las sustancias que indiquen un riesgo para el usuario y el personal de la salud un ejemplo que puede ocasionar situaciones peligrosas seria falta de rótulos de seguridad en los envases de cada sustancia, falta de ventilación en lugares de trabajo u atención y sustancias almacenadas de manera incorrecta.

6.2.6. ARTICULO 161

6.2.6.1. Esto ocurre cuando hay un rompimiento de las leyes y decretos del código sanitario, es por ello que se incurrirá a una sanción que puede ser cierre del establecimiento que no cumpla dichas legalizaciones o algo menos grave una multa elevada por incumplimiento de reglamento.

6.2.7. ARTICULO 76

6.2.7.1. Nos da a explicar que esta autoridad sanitaria autorizará o no la: Instalación Ampliación Modificación De cualquier balneario, baños e inclusive piscinas y también vigilará sus funcionamientos. Quiere decir si nos dará el permiso correspondiente para realizar dichas acciones.