ORGANOS DE CONTROL Estructura Orgánica

Get Started. It's Free
or sign up with your email address
ORGANOS DE CONTROL Estructura Orgánica by Mind Map: ORGANOS DE CONTROL Estructura Orgánica

1. Superintendencia Financiera de Colombia (SFC)

1.1. ​Ente oficial encargada de propender por la solvencia, disciplina y supervisión del Sistema Financiero de Colombia determinada por la Ley 45 de 1923 la cual se denominaba sección bancaria, el artículo 19 de esta ley escogió como su director al superintendente bancario, delegándole con ello la supervisión de todos las entidades de capital. En 2005 fue fusionada en la Superintendencia de Valores y cumple su misión institucional por medio de la inspección, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financieras, bursátiles, aseguradoras y cualquier otra relacionadas con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público. En el ámbito de las instituciones públicas hoy la Superintendencia Financiera fue la primera que se creó en Colombia y es reconocida como uno de los organismos oficiales de mayor respetabilidad, valorada por su larga tradición de capacidad técnica y administrativa.

1.1.1. La Superintendencia Financiera de Colombia tiene por objetivo supervisar el sistema financiero colombiano con el fin de preservar su estabilidad, seguridad y confianza, así como promover, organizar y desarrollar el mercado de valores colombiano y la protección de los inversionistas, ahorradores y asegurados.

2. Fiscalía General de la Nación

2.1. Un vez promulgada la nueva Constitución Política de Colombia en al año 1991, nace también La Fiscalía General de la Nación e inicia como estamento fiscal del estado el día 01 del mes de julio de 1992, es decir un año después de promulgada la carta magna de Colombia, hoy aún vigente. Según lo contempla el artículo 249 de la Constitución Política de Colombia la Fiscalía General de la Nación está integrada de la siguiente manera. ​

2.1.1. La Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias fácticas que indiquen la posible existencia del mismo. No podrá, en consecuencia, suspender, interrumpir, ni renunciar a la persecución penal, salvo en los casos que establezca la ley para la aplicación del principio de oportunidad regulado dentro del marco de la política criminal del Estado, el cual estará sometido al control de legalidad por parte del juez que ejerza las funciones de control de garantías. Se exceptúan los delitos cometidos por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo y en relación con el mismo servicio"

2.2. Funciones de la Fiscalía General de la Nación ​Atañe a la Fiscalía General de la Nación investigar las infracciones e imputar a los hipotéticos transgresores ante los tribunales y magistraturas correspondientes. Se excluyen las faltas perpetradas por integrantes de la Fuerza Pública en ejercicio de su profesión y/o en concordancia con el acto de servicio

2.2.1. Tiene como fines la investigación de los delitos y el esclarecimiento de los hechos; otorgar una procuración de justicia eficaz, efectiva, apegada a derecho, que contribuya a combatir la inseguridad y disminuirla; la prevención del delito; fortalecer el Estado de derecho en México; procurar que el culpable no quede

3. Tiene como fines la investigación de los delitos y el esclarecimiento de los hechos; otorgar una procuración de justicia eficaz, efectiva, apegada a derecho, que contribuya a combatir la inseguridad y disminuirla; la prevención del delito; fortalecer el Estado de derecho en México; procurar que el culpable no quede

3.1. La Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) es un organismo de inteligencia económica y financiera que centraliza, sistematiza y analiza la información suministrada por las entidades reportantes y fuentes abiertas, para prevenir y detectar posibles operaciones de lavado de activos, sus delitos fuente, y la financiación del terrorismo

3.2. La UIAF, como líder del sistema que combate los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT), procura la integración de todos actores públicos y privados en el país, con el propósito de reforzar las sinergias, mejorar el flujo de información y optimizar el análisis de las amenazas y los riesgos, para mitigar las vulnerabilidades presentes en los diferentes sectores de la economía nacional.

3.2.1. Misión Prevenir y detectar el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, centralizando, sistematizando y analizando información para consolidar y difundir resultados de valor estratégico con el propósito superior de proteger la economía nacional y contribuir con el bienestar de los colombianos. Visión La UIF de Colombia en el 2022 será modelo líder en inteligencia económica y financiera, reconocida internacionalmente por contar con un sistema innovador, dinámico y efectivo en la prevención y detección de lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

4. ​Son entes estatales que no pertenecen a ninguna rama del poder público, poseen autonomía administrativa y presupuestal para la ejecución de las acciones de control determinadas por la Constitución Política de Colombia. Se conforman por el Ministerio Público y la Contraloría General de la República.

4.1. Son las organizaciones encargadas de reglamentar desde diferentes aspectos, normas, políticas, procesos y condiciones en aspectos de inspección, certificación y auditoría en distintas áreas del desarrollo económico y organizacional. ​ En el presente material hallará los conceptos más importantes de los órganos de control definidos por el Estado colombiano, estos hacen parte de los elementos de control y vigilancia del lavado de activos y financiación del terrorismo, su presencia en el quehacer diario de la economía nacional y del bienestar del estado cuenta con una categoría muy alta, debido a que ésta actividad demanda de un control deliberado y nuestra nación no se puede puede separar de la legislación intencional que existe para combatir éste.

5. ​Sanciones por el incumplimiento en la aplicación de las normas

5.1. Las organizaciones financieras sin particularidad alguna, en su condición de entes obligados, les corresponde plantear, implementar y ejecutar procedimientos que les permita administrar adecuadamente el riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo, SARLAFT. Por ser este, un sistema de administración de riesgo, las organizaciones fiscalizadas tienen el deber de calcular los riesgos procedentes no solo del trato con los consumidores y demás factores de riesgo, sino la de todos aquellos que la entidad a su juicio considere pueden ser un factor de riesgo ante el delito de lavado de activos y/o de la financiación del terrorismo. ​ Si la entidad financiera omite las condiciones y requisitos definidos en el SARLAFT y estos conducen a que esta, no se entere a tiempo que el activo presentado como garantía no es legal y está siendo investigado como objeto de extinción de dominio y lo admite como tal, o si el bien después de reconocido como garantía es objeto de la mencionada acción, la antedicha omisión podría conducir a resultados negativos en Colombia en caso de concretarse todos o alguno de los riegos asociados. ​

6. Conservación de documentos e información

6.1. La Ley 1581 de 2012 creó el régimen general de protección de datos personales, el cual se otorga desde entonces un derecho constitucional, a todas las personas de conocer, estar informados, rectificar sobre cualquier información que se haya solicitado sobre ellas, a través de cualquier medio que puede ser una base de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma”. ​ La unidad de información y análisis financiero UIAF. Organización anexa al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Ha creado el portal “www.uiaf.gov.co". Con el propósito de proporcionar a los interesados el acceso a todo lo concerniente a la prevención y lucha contra el lavado de activos y financiación del terrorismo. Aunque los datos suministrados en el mencionado portal son originados a través de diferentes fuentes, es obligación de la UIAF de acuerdo a lo establecido por la ley, conservar su privacidad y protección, es decir no está permitido darlos a conocer, publicar, comercializar o usufructuar dicha información a través de ningún medio.