1. Asignaciones Especiales
1.1. Población Indígena de los resguardos 0.52%
1.2. Municipios y Distritos 0.08%
1.3. Departamento, Municipios y Distritos 2.9%
1.4. Municipios y Distritos 0.5%
2. Distribución Sectorial
2.1. Primera Infancia
2.2. Departamentos, Municipios y Distrito 58.5%
2.3. Departamentos, Municipios, Distritos 5.4%
2.4. Departamentos, Municipios y Distritos 24.5%
2.4.1. Subsidios a la demanda Municipios y Distritos
2.4.1.1. Financiar la afiliación de la población urbana y rural al Régimen Subsidiado
2.4.1.2. A cada departamento le corresponderá el 59% para garantizar la atención en salud de los servicios diferentes a los de primer nivel de complejidad
2.4.2. Salud Publica, departamentos 45%, municipios y distritos 55%
2.4.2.1. 40% población por entender.
2.4.2.2. 50% por equidad
2.4.2.3. 10% por eficiencia administrativa
2.4.3. Prestación de Servicios
2.4.3.1. Los municipios y distritos recibirán el 55% de los recursos asignados a este componente, con excepción del Distrito Capital que recibirá el 100%.
2.4.3.2. A los departamento les corresponderá el 59%
2.4.3.3. El 41% restante se deberá destinar a financiar la atención en el primer nivel de complejidad de cada uno de los municipios y corregimientos de los respectivos departamentos.
2.5. Municipios y Distritos 11.6
2.5.1. Menores de 25000 habitantes 17%
2.5.2. Municipios 8.3%