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FAR 43 by Mind Map: FAR 43

1. XI: CONTENIDO, FORMA Y DISPOSICIÓN DE LOS REGISTROS DE LAS INSPECCIONES LLEVADAS A CABO EN LAS PARTES 91 Y 125 Y 135.419 DE ESTE CAPÍTULO

1.1. La persona que aprueba o desaprueba el retorno al servicio de una aeronave o algún componente de ella, después de cualquier inspección realizada, esa persona deberá presentar un registro, de el estado con el que entra o sale, el tipo de inspección, la fecha en la que fue inspeccionada, firma, numero de certificado, entre otros datos más.

2. XII. HISTORIAL DE MANTENIMIENTO: FALSIFICACIÓN REPRODUCCIÓN O ALTERACIÓN

2.1. La persona que haga algún acto fraudulento, esté se le revocará el cargo, y se le cancelará la licencia definidamente.

3. XIII. REGLAS DE DESEMPEÑO (GENERAL)

3.1. Todo personal deberá seguir las instrucciones y reglamentaciones que dice el manual, para un optimo desarrollo laboral.

4. XV. NORMAS ADICIONALES DE RENDIMIENTO PARA LAS INSPECCIONES

4.1. Cada persona que realiza una inspección, deberá determinar si la aeronave está o no aeronavegable.

5. XVI. LIMITACIONES AERONAVEGABLES

5.1. Las personas que inspeccionan el mantenimiento, deberán seguir unas especificaciones de operación para determinar si la aeronave está en buenas condiciones para volar.

6. I. APLICABILIDAD

6.1. Este reglamento establece las normas de cualquier tipo de mantenimiento y modificación que se le haga a la aeronave y componentes.

7. II. ACTAS DE REVISIÓN Y RECONSTRUCCIÓN

7.1. Estas actas se usan para dar ordenes precisas de como desmontar, limpiar o hacer algun mantenimiento a la aeronave.

8. III. PERSONAS AUTORIZADAS PARA REALIZAR MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO, RECONSTRUCCIÓN YALTERACIONES

8.1. Ninguna persona puede hacer mantenimiento, reconstrucción o alterar algún componente de la aeronave sin la licencia y permiso otorgado por la autoridad aeronáutica.

9. V. APROBACIÓN PARA EL RETORNO AL SERVICIO DESPUÉS DEL MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO, RECONSTRUCCIÓN O ALTERACIÓN

9.1. Ninguna persona podrá aprobar el retorno al servicio de la aeronave o cualquiera de sus componentes, que ha pasado por un proceso de mantenimiento, mantenimiento preventivo, reconstrucción o alteración.

10. VII. PERSONAL AUTORIZADO PARA APROBAR AERONAVES, FUSELAJES, MOTORES, HÉLICES, DISPOSITIVOS O COMPONENTES PARA EL RETORNO AL SERVICIO DESPUÉS DEL MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO, RECONSTRUCCIÓN O ALTERACIÓN

10.1. Ninguna persona, que no sea el inspector puede aprobar que una aeronave o componente de ésta, para retornar al servicio después de haber pasado por mantenimiento, mantenimiento preventivo, reconstrucción o alteración

11. IX. CONTENIDO, FORMA Y DISPOSICIÓN DE MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO, RECONSTRUCCIÓN, REGISTROS DE ALTERACIÓN

11.1. Cada aeronave que va a entrar a mantenimiento, deberá formular un registro de mantenimiento.

12. X. DISPOSICIÓN DE PIEZAS DE AVIONES CON SU TIEMPO DE VIDA ÚTIL AL MÁXIMO

12.1. Habla sobre los métodos que debemos seguir paso a paso, para volver a utilizar un componente con sus horas de vuelo ya cumplidas.