Derechos Reales

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Derechos Reales by Mind Map: Derechos Reales

1. El Derecho Real es un derecho absoluto, de contenido patrimonial, cuyas normas substancialmente de orden público, establecen entre una persona y una cosa una relación inmediata, que previa publicidad, obliga a la sociedad a abstenerse de realizar cualquier acto contrario al uso y goce del derecho real.

2. Ubicación de los Derechos Reales En el campo doctrinal. Respecto a la primera, Diez Picazo incluye en el Derecho patrimonial el derecho de obligaciones y el Derecho real. En el Derecho patrimonial a cada una de las partes le atribuye un sentido en el patrimonio, dándole al Derecho de obligaciones un sentido dinámico (compraventa y donación) y al Derecho real un sentido estático. En el derecho positivo: Constitución, Código civil y leyes especiales. Respecto a la ubicación en el derecho positivo podemos encontrar tres fuentes distintas, la Constitución, el Código civil y las Leyes especiales.

3. Teorías Armónicas Es necesario distinguir e incluir en el concepto de Derecho Real dos elementos: un elemento interno, material o estático que es su contenido y que consiste en la relación entre su titular y una cosa que en mayor o menor medida permite a aquél recabar la utilidad económica de ésta y, un elemento externo, formal o dinámico que es la sanción o garantía del Derecho y que consiste en el deber jurídico de contenido negativo que tienen todas las demás personas de no interferir en esa relación directa entre la persona del titular del derecho y la correspondiente cosa.

4. Teorías Obligacionistas sólo existen Derechos de persona a persona y que, como todo derecho implica una facultad del sujeto activo a exigir una determinada conducta del sujeto pasivo, en consecuencia, todo derecho de un sujeto supone necesariamente la Obligación de otro u otros sujetos” Niega la distinción entre Derecho Real y de Crédito y confunde la noción de obligación como sinónimo de deber con el concepto técnico de Obligación cuando alude al aspecto pasivo del Derecho de Crédito.

5. Características de los derechos reales: Es un derecho absoluto: es decir no reconoce límites. Hoy día se reconocen más limites a favor de la sociedad Es de contenido patrimonial: solo importa aquello que sea susceptible de valoración económica. Los derechos reales conjuntamente con los derechos de créditos e intelectuales constituyen los derechos patrimoniales en nuestra legislación. Es un vínculo entre una persona y una cosa, y sólo a nivel subsidiario es un vínculo entre dos personas. Es una relación inmediata, pues el uso y goce de las cosas es de manera directa sin necesidad de ningún acto de terceros. Son erga omnes: se ejerce contra todos. Se rigen por el principio de legalidad

6. Teoría Clásica De acuerdo a esta teoría el titular de un derecho real ostenta un poder inmediato sobre la cosa, hay por lo tanto una relación directa entre persona y cosa. Parte de la gran distinción de los derechos patrimoniales en reales y obligacionales.

7. Diferencia entre los derechos reales y los derechos de crédito - los derechos reales se obtienen por usucapión, los de crédito no. - en los derechos reales tiene mucha importancia el momento de su constitución; rige en el principio prior in tempore potior in iure, la prevalencia de los derechos más antiguos frente a los modernos. En el derecho de obligaciones no. - los plazos de prescripción no son los mismos. - los derechos reales se extinguen cuando desaparece la cosa, los de crédito no. - los derechos reales son ejecutables erga omnes, los de crédito sólo frente al deudor. - los derechos reales tienen un solo sujeto los de obligaciones no.