1. PRESUPUESTO
1.1. El ahorro de los departamentos, distritos y municipios, generado por el menor crecimiento del gasto financiado por el sistema general de participaciones de los departamentos, distritos y municipios, lo destinarán las entidades territoriales para reservas del Fondo Nacional de Pensiones Territoriales
2. REGIMEN ESPECIAL
2.1. Bogotá, Capital de la República y del departamento de Cundinamarca, se organiza como Distrito Capital.
3. REGIMEN MUNICIPAL
3.1. Al municipio como entidad fundamental de la división politico-administrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes.
4. Regimen departamental
4.1. El Congreso Nacional puede decretar la formación de nuevos Departamentos
5. LA JURISDICCION ORDINARIA
5.1. La Corte Suprema de Justicia es el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria y se compondrá del número impar de magistrados que determine la ley
6. JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
6.1. El Consejo de Estado se dividirá en salas y secciones para separar las funciones jurisdiccionales de las demás que le asignen la Constitución y la ley.
7. LA JURISDICCION CONSTITUCIONAL
7.1. La Corte Constitucional
8. 1 ORGANISMOS DE CONTROL
8.1. LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
8.1.1. . El control fiscal es una función pública que ejercerá la Controlaría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.
9. MINISTERIO PUBLICO
9.1. El Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público.
9.1.1. 1. Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos. 2. Proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo. 3. Defender los intereses de la sociedad. 4. Defender los intereses colectivos, en especial el ambiente.
10. 3 ORGANIZACION TERRITORIAL
11. 4 REGIMEN ECONOMICO Y DE LA HACIENDA PUBLICA
11.1. El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes.
11.1.1. LOS PLANES DE DESARROLLO
11.1.1.1. Habrá un plan nacional de desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional
12. 4 DISTRIBUCION DE RECURSOS Y DE LAS COMPETENCIAS
12.1. Se crea el Sistema General de Participaciones de los Departamentos, Distritos y Municipios.
12.1.1. Para estos efectos, serán beneficiarias las entidades territoriales indígenas
13. 4 FINALIDAD SOCIAL DEL ESTADO Y DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
13.1. Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.
13.1.1. Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares
14. 4 BANCA CENTRAL.
14.1. El Banco de la República ejercerá las funciones de banca central.
14.1.1. Serán funciones básicas del Banco de la República: regular la moneda, los cambios internacionales y el crédito; emitir la moneda legal; administrar las reservas internacionales; ser prestamista de última instancia y banquero de los establecimientos de crédito
15. Para educación y salud: población atendida y por atender, reparto entre población urbana y rural, eficiencia administrativa y fiscal, y equidad; Para otros sectores: población, reparto entre población y urbana y rural, eficiencia administrativa y fiscal, y pobreza relativa.
16. De la fuerza publica
16.1. Fuerzas militares y policía nacional
16.1.1. Las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional - NO pueden botar mientras estén en un cargo publico
17. Relaciones internacionales
17.1. Los tratados, para su validez, deberán ser aprobados por el Congreso
17.1.1. Tratados internacionales