RESPONSABILIDAD PARENTAL
von Kelly Hernandez Guzman

1. DEFINICIONES
1.1. AUTORIDAD PARENTAL:legalmente la autoridad parental está definida en el Art. 206 CF. como el conjunto de facultades y deberes que la ley otorga e impone al padre y a la madre sobre sus hijos menores de edad o declarados incapaces, para que los protejan, eduquen, asistan y preparen para la vida, y además, para que los representen y administren sus bienes"
1.1.1. RESPONSABILIDAD PARENTAL:al conjunto de deberes y obligaciones que el padre y la madre de un niño, niña o adolescente y de los declarados incapaces, tienen respecto de éstos para que los protejan, eduquen, asistan y preparen para la vida, y además, para que los representen y administren sus bienes.
1.1.1.1. PATRIA DE POTESTAD