Actos Procesales

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Actos Procesales by Mind Map: Actos Procesales

1. son hechos voluntarios que tienen por efecto inmediato la constitución, el desenvolvimiento o la extinción del proceso, tiene que tener una influencia directa e inmediata en el proceso.

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1.1.1. bvcfgxfgdfgdf

2. clasificación

2.1. atendiendo a los sujetos

2.1.1. Resoluciones con carácter Jurisdiccional

2.1.1.1. Providencias

2.1.1.2. Autos

2.1.1.3. Sentencias

2.1.2. Resoluciones sin carácter Jurisdiccional

2.1.2.1. actos de comunicación

2.1.2.2. actos de documentación

2.1.2.3. actos de ordenación e impulso procesal

2.1.2.4. actos de notificación

2.1.2.5. actos de ejecución de sentencia

2.2. De las partes cuando se encaminan a obtener una resolución judicial que ponga fin al litigio

2.2.1. peticiones

2.2.1.1. concretas

2.2.1.2. procesales o interlocutorias

2.2.1.3. de fondo

2.2.1.4. otro sí

2.2.1.5. de caracter material

2.2.1.6. administrativo

2.3. Deber Obligación y Carga para formalizar los actos Procesales

2.3.1. la prueba de las partes

2.3.1.1. solicitud de recibimiento

2.3.1.2. proposición de la prueba

2.3.1.3. práctica o ejecución de la prueba

2.3.2. la declaración

2.3.2.1. declaración de voluntad

2.3.2.2. declaración de reconocimiento o admisión de hechos

3. Forma

3.1. Sólo podrá usarse el idioma Castellano

3.2. El juez nombrara interprete de ser necesario

3.3. Para interrogar a un sordo se le harán preguntas escritas, a un mudo se le harán de forma verbal y al sordo mudo todo por escrito

3.4. Los actos del tribunal se realizarán también por escrito

3.5. Las ejecutorias y rogatorias a tribunales o funcionarios del extranjero se encabezarán "En nombre de la República de Venezuela" y se dirigirán por vía Diplomática o Consular

3.6. El acta deberá estar suscrita por el juez y el secretario y contener indicación de las personas que han intervenido y de las circunstancias de lugar y de tiempo en que se han cumplido las diligencias,

3.7. El acta deberá ir firmada por todos los que intervinieron en el proceso, si alguno no firma se dejará constancia de ello

3.8. Cualquier persona puede solicitar copias simples de los actos que se realicen en los tribunales salvo los reservados por algún motivo legal

4. Lugar y tiempo

4.1. Los jueces solo podrán despachar los asuntos en el lugar destinado para sede del tribunal, salvo acuerdos sobre otra cosa conforme a la ley , de oficio o a petición de parte

4.2. Los jueces despacharán en las horas del día destinadas al efecto, fijadas en una tablilla publica. Fuera de esas horas habitarán con un día de anticipación, avisando a las partes lo dispuesto.

4.3. Las solicitudes, diligencias y escritos contemplados en los artículos 106 y 107 del CPC deberán ser presentado en el horario fijado por el Tribunal para despachar.

4.4. Ningún acto procesal puede practicarse en día feriado, ni antes de las seis de la mañana ni despues de las seis de la tarde a menos que por urgencia se habiliten el día feriado y la noche

4.5. El Tribunal dará aviso publico del día que por causas justificadas no dará despacho

4.6. Los términos y lapsos para el cumplimiento de los actos procesales son los que dice la ley

4.7. En los términos y lapsos procesales no se computarán el día en que se dictó la providencia o el día que dio lugar a la apertura del del lapso

4.8. Vacaciones del tribunales , del 15 de Agosto al 15 de Septiembre y del 24 de Diciembre al 6 de Enero, en ese tiempo bajo salvedad serán atendidos los actos declarados Urgentes. En materia Constitucional se declaran habilitados todos los días vacacionales

4.9. Los términos o lapsos procesales no podrán prorrogarse o abrirse de nuevo luego de cumplidos, salvo casos expresos en la ley

4.10. Los términos o lapsos procesales no podrán abreviarse salvo casos expresos en la ley

4.11. Los términos y recursos concedidos a una parte se entenderán concedidos a la otra siempre quede la disposición de la ley o de la naturaleza del acto no resulte lo contrario

4.12. El termino distancia deberá fijarse por el juez dependiendo del caso.

5. LOS HECHOS PROCESALES: son todos los sucesos o acontecimientos susceptibles de producir, sobre el proceso, los efectos de constitución, desenvolvimiento o la extinción del proceso

6. Nulidad Procesal

6.1. puede resultar de falta en condiciones necesarias y relativas al proceso

6.2. nulidad virtual

6.2.1. es cuando se dejan de cumplir ciertos requisitos en la realización de los actos, pero la ley no establece o determina directamente que a falta de estos se debe inequívocamente declarar la nulidad dejando la declaratoria de dicha nulidad de acuerdo a la apreciación del Juez.

6.3. nulidad textual

6.3.1. es la nulidad expresa determinada por la ley

6.4. efectos de la nulidad

6.4.1. En los actos nulos:

6.4.1.1. La excepción de nulidad procede cuando aún el acto nulo no se ha concretado o cuando ya fue ejecutado, para privarlo de sus efectos

6.4.2. En los actos anulables:

6.4.2.1. Los actos jurídicos anulables valen mientras la nulidad no haya sido declarada

6.5. Nulidades declarables de oficio y a instancia de parte interesada

6.5.1. Relatividad del concepto de orden público

6.5.1.1. El orden público en el derecho mercantil y en el amparo constitucional

6.5.1.2. El orden público procesal sólo puede ser definido por determinación jurisprudencial

6.5.2. Convalidación de las nulidades declarables a instancia de parte

6.5.3. Legitimación para solicitar la nulidad

6.5.3.1. Legitimación e interés

6.6. Convalidación de la nulidad

6.6.1. Convalidación Expresa

6.6.1.1. Cuando la parte perjudicada ratifica el acto viciado.

6.6.2. Convalidación Tácita.

6.6.2.1. Cuando la parte afectada no impugna el acto defectuoso dentro del plazo respectivo

6.6.3. En los vicios de notificación, la nulidad se convalida si el litigante procede de manera que ponga de manifiesto haber tomado conocimiento oportuno del contenido de la resolución.

6.7. EL ACTO NULO Y SU INEFICACIA

6.7.1. El acto nulo carece de validez, vale decir, es ineficaz, por lo que no produce efectos jurídicos. Al declararse la nulidad de un acto se produce la nulidad de los actos posteriores que sean dependientes del acto nulo, por lo que deben realizarse nuevamente todos los actos procesales invalidados. Ello significa que los actos procesales no comprendidos en la nulidad conservan sus efectos propios. Las partes son retrotraídas al estado o situación anterior al acto anulado. No puede afectar jamás a actos anteriores.