1. Aquellas que ocupan una escala inferior en la jerarquía normativa. Su condición de inferioridad se debe al hecho de no ser válidas por sí mismas, sino que adquieren su condición de validez de otra norma superior.
2. Consuetudinarias
2.1. Trata de la repetición reiterada de determinadas conductas, llamadas o conocidas como costumbres jurídicas
2.2. Se exige que tales comportamientos consuetudinarios se realicen con el convencimiento de que son conductas jurídicamente obligatorias
3. Jurisprudenciales
3.1. Normas que provienen de la actividad judicial llevada a cabo por algunos tribunales
3.2. Por un lado, la doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Supremo. Por otro lado, la sentencia de un Tribunal, en cuanto que dicho fallo es un mandato por el que se regulan las relaciones entre las partes afectadas por dicha sentencia.
4. Primarias
5. Secundarias
6. Taxaticas
7. Dispositivas
8. Leges plus quam perfectae
9. Leges perfectae
10. Leges minus quam perfectae
11. Leges imperfectae
12. Son aquellas normas que obligan siempre a los destinatarios, independientemente de su voluntad, por lo que los obligados tienen que actuar necesariamente conforme a lo prescrito en la norma, no pudiendo decidir la realización de otra conducta diferente.
13. Aquellas que pueden dejar de aplicarse a una situación jurídica concreta por voluntad expresa de las partes.
14. Aquellas cuya sanción consiste en la nulidad de los actos que las vulneran, recayendo además otro tipo de sanción sobre el infractor, especialmente para resarcir de los daños que hubiera podido ocasionar.
15. Aquellas en las que la violación produce únicamente el efecto de la nulidad del acto sin que se sobreañada sanción alguna para el infractor de la norma.
16. Aquellas que no establecen la nulidad de los actos contrarios a las mismas, es decir, no impiden que los actos de violación de las normas produzcan efectos jurídicos. Sin embargo, establecen determinadas sanciones, castigos o efectos desfavorables que recaen sobre el infractor.
17. Aquellas normas cuya infracción no solamente no produce la nulidad del acto, sino que tampoco imponen sanciones al infractor. Son muy numerosas, especialmente en el ámbito del Derecho público y del Derecho internacional, a pesar de que gran parte de la doctrina no las acepta como normas jurídicas.
18. Las normas también pueden ser vistas por:
19. Aquellas que ocupan la escala más alta o importante dentro del ordenamiento jurídico, es decir, las que se sitúan en el más alto rango jerárquico.
20. Prohibitivas
21. Son aquellas normas jurídicas que nos permiten realizar ciertas acciones, nos dan la facultad para que podamos realizar ciertos comportamientos
22. Negociales
22.1. Las contenidas en las cláusulas de los contratos o negocios jurídicos, puesto que lo establecido en ellas por las partes les obliga jurídicamente.
23. Legales
23.1. Dictadas por los órganos legislativos competentes del Estado
23.2. necesitan un acto solemne de promulgación, que acredita la existencia de la misma
24. Permisivas
25. Son aquellas normas jurídicas que nos permiten realizar ciertas acciones, nos dan la facultad para que podamos realizar ciertos comportamientos