REGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO

Get Started. It's Free
or sign up with your email address
REGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO by Mind Map: REGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO

1. Concepto. El régimen patrimonial del matrimonio se constituye por las normas que regulan las relaciones económicas de los cónyuges entre sí y con terceros. Modernamente se establecen principios que inspiran la regulación de los regímenes patrimoniales en el Código de Familia, dentro de estos se encuentran: el de libertad de estipulación, el de igualdad jurídica entre los cónyuges, el de mutabilidad o flexibilidad; y el de legalidad supletoria.

2. Se constituye un regimen patrimonial al momento del matrimonio y eligen la clase de regimen ya sea - una separacion de bines , participacion en las ganancias o comunidad diferida.

3. LOS BIENES QUE LO COMPRENDEN Y LA TITULARIDAD DE LOS MISMOS.

3.1. Participación en las ganancias. Cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su cónyuge, durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente. Art. 52 C.F.

3.2. Comunidad diferida. En este los bienes adquiridos a título oneroso, los frutos, rentas e intereses obtenidos por cualquiera de los cónyuges durante la existencia del régimen pertenecen a ambos, y se distribuirán por mitad al disolverse el mismo. Así lo señala el art. 62 C.F.

3.3. Separación de bienes. Cada cónyuge conserva la propiedad, la administración y la libre disposición de los bienes que tuviere al contraer matrimonio, de los que adquiera durante él a cualquier título y de los frutos de unos y otros, salvo lo dispuesto en el artículo 46 C.F.

4. EFECTOS PERSONALES Y EFECTOS MATRIMONIALES

4.1. La disolución del vínculo matrimonial, quedando el hombre en aptitud para contraer matrimonio, pudiendo la mujer hacer lo mismo si ya hubieren transcurrido trescientos días contados desde la fecha de disolución del matrimonio

4.2. Los demás efectos que prescribe este Código, relativos al cuidado personal de hijos menores de edad, cuantía de pensiones alimenticias, régimen de visitas, comunicación y estadías, el uso de la vivienda familiar, el uso de los bienes muebles, pago de deudas por gravamen de la vivienda familiar

5. FORMA DE ADMINISTRACION

5.1. Participación en las ganancias. a. Cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su cónyuge, durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente. Art. 52 C.F.

5.2. Comunidad diferida. a. En este los bienes adquiridos a título oneroso, los frutos, rentas e intereses obtenidos por cualquiera de los cónyuges durante la existencia del régimen pertenecen a ambos, y se distribuirán por mitad al disolverse el mismo. Así lo señala el art. 62 C.F.

5.3. Separación de bienes. a. Cada cónyuge conserva la propiedad, la administración y la libre disposición de los bienes que tuviere al contraer matrimonio, de los que adquiera durante él a cualquier título y de los frutos de unos y otros, salvo lo dispuesto en el artículo 46 C.F. Existirá este régimen por dos circunstancias: 1o) Cuando los cónyuges hubieren optado por este régimen y 2o) Cuando se decretare judicialmente la disolución del régimen de participación en las ganancias, la disolución de la comunidad diferida o de cualquier otro régimen de comunidad, y los cónyuges no hubieren optado por otro régimen.

6. CARACTERISTICAS

6.1. ES UN ESTATUTO : Por lo cual implica un reglamento que desarrolle la estructura juridica sobre el cual descanza todo el sistema econoico matrimonial, en cuanto al tratamiento que reciben los bienes de los esposos.

6.2. CARACTER NORMATIVO: la estructura de todo sistema patrimonial del matrimonio descansa en un sistema de normas legales integrantes de un cuerpo armonico juridico.