DERECHO FISCAL APLICABLE A LAS SUCESIONES
by Eli Saúl Pulgar
1. En Venezuela derecho a suceder es gravado con un impuesto. Y tiene una ley para la regulación del mismo. El impuesto sobre sucesiones y legados se calculará sobre la parte líquida que corresponda a cada heredero o legatario
1.1. Debe decirse que es el Derecho cuya función es la administración de las reglas jurídicas que posibilitan que el Estado desarrolle y ejerza sus facultades tributarias.
2. Ley de Impuesto sobre Sucesiones Donaciones y demás Ramos Conexos
2.1. Artículo 1 las transmisiones gratuitas de derechos por causa de muerte o por actos entre vivos son gravadas con el impuesto establecido en la ley anterior mente nombrada. El impuesto sobre sucesiones y legados se calculará sobre la parte líquida que corresponda a cada heredero o legatario
3. Declaración Del Impuesto Sucesoral
3.1. Los herederos. Y legatarios. Deberán presentar dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes a la apertura de la sucesión una declaración jurada del patrimonio gravado conforme a la Ley.
3.1.1. La obligación de hacer la declaración sobre herencias o legados subsiste aun cuando el pasivo de la herencia sea igual o superior al activo.
3.1.2. La declaración deberá ser hecha en el formulario que al efecto elaborará el Ministerio de Finanzas, y llenar todos los requisitos y formalidades que se establezcan en el Reglamento de la Ley, o por resolución del Ministerio de Finanzas.
3.1.2.1. es importante destacar, que la elaboración de la Planilla Sucesoral, es decir el formulario diseñado por el SENIAT para tales fines, cumpliendo a su vez con todos los requisitos y formalidades que se establezcan en el reglamento de la Ley de Impuestos sobre Sucesiones, Donaciones, y demás Ramos Conexos.