1. Estado de derecho
1.1. concepto
1.1.1. la cual es el fundamento jurídico de las autoridades y funcionarios, que se someten a las normas de ésta.
1.1.1.1. es aquel que se rige por un sistema de leyes e instituciones ordenado en torno de una constitución,
1.1.2. Employee
1.2. es aquel que se rige por un sistema de leyes e instituciones ordenado en torno de una constitución
1.2.1. Employee
1.2.2. Employee
1.3. a cual es el fundamento jurídico de las autoridades y funcionarios, que se someten a las normas de ésta
2. Concepciones y requisitos
2.1. Existen dos acepciones tradicionales del concepto estado de derechos
2.1.1. La acepción débil o meramente formal (estado de derecho en sentido formal), el único requisito para que un estado sea de derecho según esta acepción es que en su organización político-social de «cualquier poder deba ser conferido por la ley y ejercido en las formas y procedimientos establecidos por ella».
2.1.2. La acepción fuerte o substantiva (estado de derecho en sentido real o material), requiere además que «cualquier poder sea limitado por la ley
2.2. El Estado de Derecho en sentido formal
2.2.1. Que el Derecho sea el principal instrumento de gobierno.
2.2.2. Que la ley sea capaz de guiar la conducta humana.
3. Diferencia entre el estado de derecho
3.1. Concepto
3.1.1. EL ESTADO: Es la situación jurídica y política de un país. Hay dos clases.
3.1.2. b. Estado de Hecho: No rigen la Constitución y las leyes, sino normas de tipo totalitario, impuestas por una persona, o por un grupo de personas, sin el consentimiento de los ciudadanos.
3.1.3. a. Estado de Derecho: Es de esencia democrática y se rige por la Constitución y las leyes dictadas por los ciudadanos o por sus representantes y que todos en conjunto se comprometen a respetar, por un Pacto social.
3.2. EL ESTADO COLOMBIANO TIENE LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:
3.2.1. Unitario: Tiene una forma de gobierno descrita en una Constitución.
3.2.2. Participativo: Todas as ciudadanas y los ciudadanos podemos participar en la construcción de la nación.
3.2.3. Descentralizado: Con autonomía para que los entes territoriales puedan gobernar y tomar decisiones sin depender absolutamente del gobierno central