Sección: III Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimen...

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Sección: III Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal by Mind Map: Sección: III Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal

1. Nota Explicativa de aplicación nacional: 1. Las mezclas o preparaciones alimenticias a base de grasas animales, o grasas animales y aceites vegetales, incluidos los denominados “shortenings”, se clasifican como sigue: a) En la partida 15.01 cuando contengan, en peso, 80% o más de manteca de cerdo fundida, y b) En la partida 15.17 cuando contengan, en peso, menos del 80% de manteca de cerdo, incluso previamente hidrogenada, emulsionada, malaxada o tratada por texturado.

2. PARTIDAS

2.1. 1501 Grasa de cerdo (incluida la manteca de cerdo) y grasa de ave, excepto las de las partidas 02.09 ó 15.03.

2.1.1. NOTAS

2.1.1.1. A reserva de lo dispuesto, en las consideraciones que preceden, esta partida comprende: – la manteca de cerdo, grasa comestible, sólida o sólidamente, blanda y cremosa, de color blanco, obtenida a partir del tejido adiposo de los cerdos. Según el procedimiento de obtención y el tejido adiposo utilizado, resultan diversos tipos de manteca de cerdo. Por ejemplo, la mejor calidad de manteca de cerdo se obtiene generalmente por fusión por vía seca a partir de la grasa interna del abdomen del cerdo.

2.1.1.1.1. NOTAS DE SUBPARTIDA: SIN NOTAS

2.1.1.1.2. SUBPARTIDAS

2.1.1.2. – las demás grasas de cerdo, incluida la grasa de huesos y la de desechos; – la grasa de ave, incluida la de huesos y la de desechos. Cuando se extrae de los huesos frescos, la grasa de huesos tiene la consistencia del sebo y es de color blanco o apenas amarillento y olor a sebo;

2.1.1.3. Se excluyen, además, de esta partida: a) El tocino sin partes magras, así como la grasa de cerdo o de ave, sin fundir ni extraer de otro modo, de la partida 02.09. b) El aceite de manteca de cerdo y la estearina solar (partida 15.03). c) La grasa de animales distintos de los comprendidos en la presente partida (partidas15.02, 15.04 o 15.06). d) El aceite de huesos de la partida 15.06. e) Los sucedáneos de la manteca de cerdo (partida 15.17).

2.2. 1502 Grasa de animales de las especies bovina, ovina o caprina, excepto las de la partida 15.03.

2.2.1. NOTAS

2.2.1.1. El sebo está constituido por la grasa que rodea las vísceras y los músculos de los animales de las especies bovina, ovina o caprina. El sebo de la especie bovina es la más importante. La presente partida comprende el sebo en bruto, llamado en rama (fresco, refrigerado, congelado), salado o en salmuera, seco o ahumado, así como las grasas (sebos) fundidas.

2.2.1.1.1. SUBPARTIDAS

2.2.1.1.2. SIN NOTAS DE SUBPARTIDA

2.2.1.2. También se excluyen de la presente partida: a) La oleoestearina, oleomargarina y el aceite de sebo (partida 15.03). b) La grasa de équidos (partida 15.06). c) La grasa de huesos y la de desechos de animales de especies distintas de las comprendidas en esta partida (partidas 15.01, 15.04 o 15.06). d) El aceite de origen animal (por ejemplo, aceite de pie de buey y aceite de huesos de la partida 15.06). e) Algunas grasas vegetales, llamadas sebos vegetales, por ejemplo el sebo vegetal de China (grasa vegetal extraída de las semillas de estillingia) y el sebo de Borneo (grasa vegetal extraída de numerosas plantas de Indonesia) (partida 15.15).

2.3. 1503 Estearina solar, aceite de manteca de cerdo, oleoestearina, oleomargarina y aceite de sebo, sin emulsionar, mezclar ni preparar de otro modo.

2.3.1. NOTAS

2.3.1.1. El aceite de manteca de cerdo es un producto obtenido por prensado en frío de la manteca o demás grasas de cerdo prensadas o fundidas  La oleo-margarina comestible es una grasa blanca o amarillenta, de consistencia blanda, con ligero olor a sebo y sabor agradable, estructura cristalina, susceptible de transformarse en granulosa después de un laminado o calandrado. Los productos emulsionados, mezclados o preparados de otro modo, se clasifican en las partidas 15.16, 15.17 o 15.18.

2.3.1.1.1. SUBPARTIDAS

2.3.1.1.2. SIN NOTAS DE SUBPARTIDA

2.4. 1504.Grasas y aceites, y sus fracciones, de pescado o de mamíferos marinos, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.

2.4.1. NOTAS

2.4.1.1. La partida comprende también la estearina de pescado, parte sólida del aceite de pescado refrigerado, obtenida por presión y decantación. Este producto, de color amarillento o pardo y olor más o menos fuerte a pescado, se utiliza en la preparación de degrás, lubricantes o jabón de calidad inferior. La grasa y aceite de pescado o mamíferos marinos, refinados, se clasifican en esta partida; hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados total o parcialmente, están comprendidos en la partida 15.16.

2.4.1.1.1. SUBPARTIDAS

2.4.1.1.2. SIN NOTAS DE SUBPARTIDA

2.5. 1505 Grasa de lana y sustancias grasas derivadas, incluida la lanolina.

2.5.1. NOTAS

2.5.1.1. La lanolina se obtiene por depuración de la suarda y tiene la consistencia de un ungüento.Es de color blanco amarillento o pardo (marrón) según el grado de refinado, poco alterable al aire y presenta un ligero olor característico.El primero, llamado oleína de suarda, es un líquido más o menos turbio de color pardo rojizo con ligero olor a suarda, soluble en alcohol, eter dietílico, gasolina, etc. La oleína de suarda se utiliza en la hilatura como producto de ensimado.

2.5.1.1.1. SIN NOTAS DE SUBPARTIDA

2.5.1.1.2. SUBPARTIDAS

2.6. 1506 Las demás grasas y aceites animales, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.

2.6.1. NOTAS

2.6.1.1. Se excluyen de esta partida: a) Las grasas de cerdo y de ave (partidas 02.09 o 15.01). b) La grasa de animales de las especies bovina, ovina o caprina (partida 15.02). c) La grasa y aceite de pescado o de mamíferos marinos y sus fracciones (partida 15.04). d) Los productos que consistan princip

2.6.1.1.1. SIN NOTAS DE SUBPARTIDA

2.6.1.1.2. SUBPARTIDAS

2.7. 15.07 ACEITE DE SOJA (SOYA) Y SUS FRACCIONES, INCLUSO REFINADO, PERO SIN MODIFICAR QUIMICAMENTE.

2.7.1. NOTAS

2.7.1.1. Esta partida comprende, asimismo, las fracciones de aceite de soja (soya). Sin embargo, la lecitina desoja (soya), que se obtiene del aceite de soja (soya) en bruto durante el refinado, se clasifica en lapartida 29.23.

2.7.1.1.1. NOTAS DE SUBPARTIDA

2.7.1.1.2. SUBPARTIDAS

2.8. 1508 Aceite de cacahuate (cacahuete, maní) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.

2.8.1. NOTAS

2.8.1.1. El aceite de cacahuate (cacahuete, maní) es un aceite no secante que se obtiene a partir del cacahuate(cacahuete, maní) común (Arachis hypogaea) por extracción con disolventes o por presión.El aceite filtrado y refinado se utiliza, por ejemplo, como aceite de cocina o en la fabricación de margarina. Las calidades inferiores se utilizan para fabricar jabón o lubricantes.

2.8.1.1.1. NOTAS DE SUBPARTIDA

2.8.1.1.2. SUBPARTIDAS

2.9. 1509 Aceite de oliva y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.

2.9.1. NOTAS

2.9.1.1. El aceite de oliva virgen, que se obtiene a partir de la oliva o aceituna únicamente por procedimientos mecánicos u otros procedimientos físicos (por ejemplo, presión) en condiciones térmicas, que no impliquen, la alteración del aceite.El aceite de oliva refinado, que se obtiene a partir del aceite de oliva virgen considerado en el apartado A) anterior mediante técnicas de refinado.La presente partida no comprende el aceite de orujo de oliva ni las mezclas de aceite de oliva y orujo de oliva (partida 15.10) o el aceite reesterificado obtenido a partir de aceite de oliva (partida 15.16).

2.9.1.1.1. SIN NOTAS DE SUBPARTIDA

2.9.1.1.2. SUBPARTIDAS

2.10. 1510 Los demás aceites y sus fracciones obtenidos exclusivamente de aceituna, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de la partida 15.09.

2.10.1. NOTAS

2.10.1.1. La presente partida comprende el aceite que se obtiene de la oliva o aceituna excepto el de la partida 15.09. El aceite de la presente partida puede presentarse en bruto o refinado o tratado de otro modo, siempre que no se haya producido ninguna modificación de la estructura glicérida.

2.10.1.1.1. SIN NOTAS DE SUBPARTIDA

2.10.1.1.2. SUBPARTIDA

2.10.1.2. Se puede citar como perteneciente a la presente partida el aceite de orujo de oliva obtenido por extracción con disolventes del orujo de oliva procedente del prensado de olivas o aceitunas para la obtención del aceite de oliva de la partida 15.09.

3. notas de sección: sin notas

4. capitulo 15:   Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal

4.1. nota de capitulo

4.1.1. Notas.

4.1.2. 1.– Este Capítulo no comprende:

4.1.3. a) el tocino y grasa de cerdo o de ave, de la partida 02.09;

4.1.4. b) la manteca, grasa y aceite de cacao (partida 18.04);

4.1.5. c) las preparaciones alimenticias con un contenido de productos de la partida 04.05 superior al 15% en peso (generalmente Capítulo 21);

4.1.6. d) los chicharrones (partida 23.01) y los residuos de las partidas 23.04 a 23.06;

4.1.7. e) los ácidos grasos, las ceras preparadas, las grasas transformadas en productos farmacéuticos, pinturas, barnices, jabón, preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética, los aceites sulfonados y demás productos de la Sección VI;

4.1.8. f) el caucho facticio derivado de los aceites (partida 40.02).

4.1.9. 2.– La partida 15.09 no incluye el aceite de aceituna extraído con disolventes (partida 15.10).

4.1.10. 3.– La partida 15.18 no comprende las grasas y aceites, ni sus fracciones, simplemente desnaturalizados, que permanecen clasificados en la partida de las correspondientes grasas y aceites, y sus fracciones, sin desnaturalizar.

4.1.11. 4.– Las pastas de neutralización, las borras o heces de aceite, la brea esteárica, la brea de suarda y la pez de glicerol, se clasifican en la partida 15.22. pez de glicerol, se clasifican en la partida 15.22.

5. PARTIDAS

5.1. 1511 Aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente

5.1.1. NOTAS

5.1.1.1. Este aceite se obtiene por extracción o prensado y su color difiere según su estado y si está refinado. Se diferencia del aceite de almendra de palma (partida 15.13), que se obtiene de las mismas palmeras de aceite, por su muy elevado contenido en ácidos palmítico y oleico. El aceite de palma se utiliza en la fabricación de jabón, velas, preparaciones de tocador o cosmética, como lubricante, en los baños de estañado en caliente, para la fabricación de ácido palmítico, etc. Este aceite refinado se utiliza en la alimentación, principalmente para guisar y en la fabricación de margarina. Esta partida no comprende el aceite de almendra de palma ni el de babasú (partida 15.13).

5.1.1.1.1. NOTAS DE SUBPARTIDA

5.1.1.1.2. SUBPARTIDAS

5.2. 1512 Aceites de girasol, cártamo o algodón, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.

5.2.1. NOTAS

5.2.1.1. Aceite de girasol. Este aceite, procedente de la semilla de girasol común (Helianthus annuus), es de color amarillo dorado claro. Aceite de cártamo. Las semillas de cártamo (Cartamus tinctoris), planta tintórea muy importante, proporciona un aceite secante y comestible.Aceite de algodón. Este aceite, que es el más importante de los semisecantes, se obtiene a partir de la almendra de la semilla de varias especies del género Gossypium.

5.2.1.1.1. NOTAS DE SUBPARTIDA

5.2.1.1.2. SUBPARTIDAS

5.3. 1513 Aceites de coco (de copra), de almendra de palma o de babasú, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.

5.3.1. NOTAS

5.3.1.1. Aceite de coco (aceite de copra). Este aceite se obtiene de la parte carnosa seca (llamada también copra) de la nuez de coco (Cocos nucifera).Aceite de almendra de palma. Este aceite, de color blanco, se obtiene de la almendra de la nuez y no de la pulpa de los frutos de las distintas palmeras de aceite, principalmente de la palmera de aceite africana Eleaeis gunieensis (véase la Nota explicativa de la partida 15.11).Aceite de babasú. Este aceite, que no es secante, se obtiene de la palmera babasú (Orbignya martiana y O. oleifera). Se extrae de la almendra que constituye la pepita del fruto.

5.3.1.1.1. NOTAS DE SUBPARTIDA

5.3.1.1.2. SUBPARTIDAS

5.4. 1514 Aceites de nabo (de nabina), colza o mostaza, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.

5.4.1. NOTAS

5.4.1.1. Aceites de nabo (nabina) o de colza. Se clasifican comercialmente como aceites de nabo (nabina) o de colza los aceites semisecantes de características similares que se extraen de las semillas de varias especies de Brassica, principalmente B. Napus (nabo) y B. Rapa (o B. campestris).Aceite de mostaza. Se trata de un aceite vegetal fijo obtenido, por ejemplo, de las tres especies vegetales siguientes: mostaza blanca (Sinapsis alba y Brassica hirta), mostaza negra (Brassica nigra) o mostaza india (Brassica juncea). Generalmente, contiene altos niveles de ácido erúcico y se utiliza principalmente para la fabricación de productos farmacéuticos,

5.4.1.1.1. NOTAS DE SUBPARTIDA

5.4.1.1.2. SUBPARTIDAS

5.5. 1515 Las demás grasas y aceites vegetales fijos (incluido el aceite de jojoba), y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.

5.5.1. NOTAS

5.5.1.1. Esta partida comprende las grasas y aceites vegetales, y sus fracciones, simples, fijos, excepto los mencionados en los textos de las partidas 15.07 a 15.14 (véanse las Consideraciones Generales, apartado B). Entre estas grasas y aceites conviene señalar, por razón de la importancia que tienen en los intercambios internacionales, en particular los productos siguientes: ACEITE DE LINAZA, MAIZ,RECINO, SESAMO,JOJOBA Y TUNG

5.5.1.1.1. NOTAS DE SUBPARTIDA

5.5.1.1.2. SUBPARTIDAS

5.6. 1516 Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo.

5.6.1. NOTAS

5.6.1.1. Esta partida comprende las grasas y aceites, animales o vegetales, que han experimentado transformaciones químicas determinadas de los tipos mencionados a continuación pero que no se han preparado de otro modo. Comprende también las fracciones sometidas al mismo tratamiento que estas grasas y aceites, animales o vegetales.Los productos arriba descritos se clasifican en la presente partida, aunque presenten el carácter de ceras o se hayan desodorizado o refinado, incluso si pueden utilizarse como tales para uso alimenticio. Sin embargo, esta partida no comprende las grasas y, aceites y sus fracciones hidrogenados, etc., que se han sometido a preparaciones posteriores tales como el texturado (modificación de la textura o la estructura cristalina), con el fin de utilizarlos en la alimentación (partida 15.17). Además se excluyen de esta partida las grasas y aceites, o sus fracciones, hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, cuando la modificación afecta a más de una grasa o aceite (partida 15.17 ó 15.18).

5.6.1.1.1. SIN NOTAS DE SUBPARTIDA

5.6.1.1.2. SUBPARTIDAS

5.7. 1517 Margarina; mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones, de la partida 15.16.

5.7.1. NOTAS

5.7.1.1. Pertenecen, además, a esta partida las mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites animales o vegetales o de fracciones de diferentes grasas o aceites del presente Capítulo, de los tipos utilizados como preparaciones para desmoldeo. Las simples grasas y aceites que sólo se han refinado permanecen clasificados en sus respectivas partidas, aunque estén acondicionados para la venta al por menor. También se excluyen de la presente partida las preparaciones con un contenido superior al 15% en peso de mantequilla u otras grasas de leche (generalmente, Capítulo 21). Además, se excluyen de esta partida los productos obtenidos por prensado del sebo o de la manteca de cerdo (partida 15.03), así como las grasas y aceites, o sus fracciones, hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, cuando la modificación afecta solo a una grasa o aceite (partida 15.16).

5.7.1.1.1. NOTAS DE SUBPARTIDA

5.7.1.1.2. SUBPARTIDAS

5.8. 1518 Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor en vacío o atmósfera inerte (“estandolizados”),o modificados químicamente de otra forma, excepto los de la partida 15.16; mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites, animaleso vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este Capítulo, no expresadas ni comprendidas en otra parte.

5.8.1. NOTAS

5.8.1.1. En esta parte están comprendidas las grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, que han sido sometidas a determinados tratamientos que modifican su estructura química, lo que mejora su viscosidad, su poder secante (es decir, la propiedad de absorber el oxígeno del aire y adquirir así la aptitud para formar películas elásticas) o que modifican sus demás propiedades, siempre que tengan la estructura fundamental de triglicéridos y que no estén contemplados más específicamente en otra parte,

5.8.1.1.1. SIN NOTAS DE SUBPARTIDA

5.8.1.2. Esta partida no comprende: a) Las grasas y aceites simplemente desnaturalizados (véase la Nota 3 de este Capítulo). b) Las grasas y aceites, o sus fracciones, hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, cuando la modificación afecta solo a una grasa o aceite (partida 15.16). c) Las preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de animales (partida 23.09). d) Los aceites sulfonados (es decir, los tratados con ácido sulfúrico) (partida 34.02)

5.8.1.2.1. SUBPARTIDAS

5.9. 1520 Glicerol en bruto; aguas y lejías glicerinosas.

5.9.1. NOTAS

5.9.1.1. El glicerol en bruto es un producto de pureza inferior al 95% (calculado con respecto al peso del producto seco). Se obtiene por disociación de aceites y grasas, o por síntesis a partir del propileno. Las características del glicerol en bruto difieren según los métodos de obtención, El glicerol en bruto puede obtenerse también por transesterificación de aceites y grasas con otros alcoholes. Esta partida comprende también las aguas glicerinosas, subproductos de la preparación de los ácidos grasos, así como las lejías glicerinosas, subproductos de la fabricación de jabón.

5.9.1.1.1. NOTAS DE SUBPARTIDA

5.9.1.1.2. SUBPARTIDAS

5.9.1.2. Esta partida no comprende: a) El glicerol con pureza igual o superior al 95% (calculado con respecto al peso del producto seco) (partidas 29.05). b) El glicerol acondicionado para usos farmacéuticos o con adición de sustancias medicamentosas (partidas 30.03 o 30.04). c) El glicerol perfumado o adicionado de cosméticos (Capítulo 33).

5.10. 1521 Ceras vegetales (excepto los triglicéridos), cera de abejas o de otros insectos y esperma de ballena o de otros cetáceos (espermaceti), incluso refinadas o coloreadas.

5.10.1. NOTAS

5.10.1.1. Ceras vegetales (excepto los triglicéridos), incluso refinadas o coloreadas.

5.10.1.1.1. SIN NOTAS DE SUBPARTIDA

5.10.1.2. La cera de abejas es la sustancia con la que las abejas forman las celdas hexagonales de los panales de la colmena. En estado natural (cera virgen o cera amarilla) es de estructura granulosa, color amarillo claro, anaranjado o incluso pardo, olor especialmente agradable; la cera blanqueada o purificada (al aire o por procedimientos químicos) es de color blanco o ligeramente amarillento y de olor tenue.

5.10.1.2.1. SUBPARTIDAS

5.10.1.3. III. Blanco de ballena o de otros cetáceos (espermaceti) en bruto, prensado o refinado, incluso coloreado. El blanco de

5.11. 1522 Degrás; residuos procedentes del tratamiento de grasas o ceras, animales o vegetales. 1522 Degrás; residuos procedentes del tratamiento de grasas o ceras, animales o vegetales.

5.11.1. NOTAS

5.11.1.1. Degrás. Esta partida comprende tanto el degrás natural como el artificial, productos que se utilizan en tenería para engrasar cuero. El degrás natural, llamado también moellón, torcido o “sod oil”, consiste en productos residuales del agamuzado de pieles (o curtido al aceite), extraído de éstas por prensado o con disolventes;está fundamentalmente compuesto por aceite rancio de animales marinos, sustancias resinosas de la oxidación del aceite, agua, sustancias minerales (soda, cal, sulfatos), desechos de pelo, de membranas o de pieles. Se presenta en forma de un líquido muy espeso, casi pastoso, homogéneo, con olor intenso a aceite de pescado, de color amarillo o pardo oscuro. El degrás artificial está esencialmente constituido por aceite de pescado oxidado, emulsionado o polimerizado (o mezclas entre sí de estos aceites) mezclado con suarda o sebo, aceites de colofonia, etc., y, a veces, con degrás natural.

5.11.1.1.1. SIN NOTAS DE SUBPARTIDA

5.11.1.2. B) Residuos procedentes del tratamiento de grasas o ceras animales o vegetales. Esta partida comprende principalmente: 1) Las borras o heces de aceite, residuos grasos o mucilaginosos del refinado de los aceites, utilizados en la fabricación de jabones o lubricantes. 2) Las pastas de neutralización (“soap–stocks”), subproductos del refinado del aceite, que se forman cuando sus ácidos grasos libres se neutralizan con una base (soda cáustica).

5.11.1.2.1. SUBPARTIDAS

5.11.1.3. Se excluyen: a) Los chicharrones, residuos membranosos procedentes de la fusión de la grasa de cerdo, del tocino o de otras grasas animales (partida 23.01). b) Las tortas, orujo de aceitunas y demás residuos (excepto heces) de la extracción de aceites vegetales (partidas 23.04 a 23.06).