Seminario protección de datos

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Seminario protección de datos by Mind Map: Seminario protección de datos

1. Marco jurídico

1.1. Constitución política

1.1.1. Derecho a la intimidad

1.1.1.1. Articulo 15

1.1.1.2. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar, a su buen nombre y ratificar informaciones que se hayan recogido de bancos de datos de entidades publicas y privadas

1.2. Derechos Humanos

1.2.1. Todos nacemos libres en igualdad y derechos

1.2.2. Libertad de opinión y expresión

1.2.2.1. Derecho a la vida, la seguridad y la libertad personal

1.2.2.2. Igualdad ante la ley

1.3. Ley 1581 de 2012

1.3.1. Desarrollar el derecho constitucional

1.3.1.1. Conocer, actualizar y rectificar informaciones

1.3.2. Principios

1.3.2.1. Tratamiento de datos personales

1.3.2.2. Legitimidad en tratamiento de datos

1.3.2.3. Finalidad

1.3.2.4. Libertad

1.3.2.5. Veracidad o calidad

1.3.2.6. Transparencia

1.3.2.7. Acceso  circulación restringida

1.3.2.8. Seguridad

1.3.2.9. Confidencialidad

1.4. Ley 1621 de 2013

1.4.1. Establece los límites y fines de las actividades de inteligencia y contrainteligencia

1.4.2. Límites

1.4.2.1. Respeto a los derechos humanos y cumplimiento estricto a la constitución. Especialmente estará limitada por el principio de reserva legal.

1.4.3. Fines

1.4.3.1. No una información podrá ser obtenida con fines diferentes de:

1.4.3.1.1. Asegurar los fines esenciales del Estado

1.4.3.1.2. Proteger las instituciones democráticas de la república

1.4.3.1.3. Proteger los recursos naturales e intereses económicos de la nación

1.4.3.1.4. En ningún caso será recolectada, procesada o diseminada por razones de género, raza, origen, opinión política o pertenencia a una organización social o movimiento político que pueda afectar los derechos y garantías de los partidos políticos en oposición

1.5. Decreto 1070 de 2015

1.5.1. Se crea el comité, criterios y protocolo para la actualización, corrección y retiro de datos

1.5.2. Responsibilities include:

1.5.2.1. Debe fijar criterios de actualización, corrección y retiro de datos de archivos de inteligencia y contrainteligencia, observando los límites y fines de la ley 1621 de 2013.

1.5.2.2. El comité lo integral AOPEI, ARPIN, ATASI, ARCON, ARCIS, CPD, TELEM, ASJUD, PLANE y Gestión Documental

1.6. Sentencia C-540 de 2012

1.6.1. Habeas Data

1.6.2. El derecho a la intimidad ha sido definido como el espacio de personalidad de los sujetos que por ningún motivo puede ser de dominio público, salvo su propia elecciòn

1.7. Reserva legal

1.7.1. Articulo 33 Ley 1621 de 2013, los documentos, información y elementos técnicos estarán amparados por la reserva legal por un máximo de 30 años y se podrá extender su reserva hasta por 15 años acogida por recomendación del Presidente de la República

1.8. Implicaciones legales

1.8.1. Articulo 418 revelación de secreto

1.8.2. Artículo 419 utilización de asunto sometido a secreto o reserva

1.8.3. Articulo 420 utilización indebida de información oficial privilegiada

1.8.4. Artículo 431 utilización indebida de información obtenida en el ejercicio de la función pública

1.8.5. Artículo 463 espionaje

2. El ABC de la actividad de comunicar e integrar inteligencia en materia de protección de datos

2.1. ¿En que formato se difunden los productos de inteligencia?

2.1.1. PDF, según la guía de comunicar e integrar

2.2. ¿Quien ordena y autoriza la difusión de un PTI?

2.2.1. Jefes de área (ARCON-AOPEI-ATASI-ARPIN- ARCIS) o quién se encuentre encargado que autorice la difusión

2.3. ¿En donde se identifica el receptor de un PTI?

2.3.1. Portafolio de receptores de inteligencia y contrainteligencia

2.4. ¿Cuál es el mecanismo se de seguridad para el envío de un PTI?

2.4.1. Canal físico y virtual

2.5. ¿En caso de una falla en el correo Lotus que se debe implementar para la difusión?

2.5.1. Correo zimbra y correo institucional

2.6. ¿Cuál es el último paso que se debe hacer antes de difundir el PTI?

2.6.1. Registrar el PTI en el SI3

2.7. ¿Cuáles son los requisitos para la aprobación de  un receptor de inteligencia?

2.7.1. C.O. al jefe del CPD

2.7.2. CPD consolida y realiza el Comité Estratégico de Seguridad de la Información (CESIN)

2.7.3. Suscribir el compromiso de reserva (Art. 38 Ley 1621 del 17 de abril de 2013)

2.7.4. ARCON realizará estudios de credibilidad y confianza, identificará los niveles de acceso a la información

2.8. ¿Que es el código único de receptor (CUR)?

2.8.1. Cada receptor cuente con un código CUR y se encuentra suscrito en el Instructivo 0029/DIPOL-PLANE-70 del 101215)

2.9. ¿Que es y que ley faculta la reserva legal de la información?

2.9.1. Decreto 1070 art. 2.2.3.6.1 y art. 33 ley 1621. documentos, información y elementos técnicos

2.10. ¿Cuáles son los niveles de clasificación?

2.10.1. Ultrasecreto, Secreto, Restringido y Confidencial