La Práctica Diplomátaica

Track and organize your meetings within your company

Get Started. It's Free
or sign up with your email address
La Práctica Diplomátaica by Mind Map: La Práctica Diplomátaica

1. El Derecho Diplomático: Es un conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de política exterior de los Estaos y demás miembros de la comunidad internacional.

1.1. Un documento de gran significado en la historia del Derecho diplomático lo constituye la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, la cual regula la vida diplomática de los Estados y Organismos internacionales.

1.2. La convención de Viena sigue los propósitos y principios de la Carta de Naciones Unidas, reconociendo la igualdad soberana de los Estados y la necesidad de mantener la paz y la seguridad internacionales, así como fortalecer lazos de unión entre los sujetos de Derecho Internacional.

2. La Diplomacia es el conjunto de Actividades relativas a la acción política, económica, social, y legal de los Estados en sus relaciones con los demás sujetos de Derecho Internacional, en forma pacífica, utilizando especialmente el diálogo y la negociación.

2.1. d

3. Órganos de Relaciones Internacionales

3.1. El Jefe de Estado

3.1.1. Por lo general se le señala al Presidente de la República esta atribución y, en colaboración con el Ministro de Relaciones Exteriores y otros funcionarios, es quien determina las relaciones diplomáticas y la negociación de tratados.

3.2. El Ministro de Relaciones Exteriores

3.2.1. Es el funcionario de más algo nivel, después del Jefe de Estado. Constituye la imagen del país que representa y su constante contacto con los jefes de misiones diplomáticas extranjeras y homólogos de otros Estados, lo convierte en un elemento clave de la política exterior.

3.3. El Ministerio de Relaciones Exteriores

3.3.1. El el organismo de comunicación regular del Estado con otros Estados y con los demás sujetos de Derecho Internacional.

4. Privilegios e inmunidades de los agentes diplomáticos

4.1. Se regulan a través de acuerdos bilaterales de reciprocidad.

4.2. Las inmunidades son eceptuar a las personas que gozan de ellas de una obligación a la que están sometidos los otros habitantes del país, y los privilegios se manifiestan por la concesión de un trato especial y más favorable a los agentes diplomáticos. Ellas son:

4.3. Inviolabilidad personal

4.4. Inviolabilidad de locales

4.5. Inmunidad de jurisdicción

4.6. Libre comunicación para fines oficiales: correspondencia valija y correo diplomáticos

4.7. Privilegios fiscales: exención de impuestos

4.8. Exención de disposiciones sobre seguridad social, prestaciones personales, cargos y contribuciones.

4.9. Privilegios de orden aduanero

4.10. Los gozan los diplomáticos, sus familias y a la misión en general.

4.11. El Estado receptor se deberá abstener de cualquier medida coercitiva dirigida a la misión diplomática y a sus miembros, y se obliga a brindarles protección.

4.12. Los agentes diplomáticos tienen derecho a los privilegios desde el momento en que entran al territorio del Estado receptor, hasta el término de sus funciones, abandonando definitivamente el país.

4.12.1. Renuncia a los privilegios: Se establece por un reclamo de un civil a un agente diplomático que haya cometido una falta grave en su contra. De encontrar culpabilidad en el agente, se tramitará la renuncia a la inmunidad para hacer valer la ley.

5. El Asilo Diplomático

5.1. Es un Mecanismo de protección, aceptado para todos aquellos que expresan y defienden sus ideas en oposición a un régimen establecido en su país, quienes sena perseguidos o cuyos derechos fundamentales se encuentren en peligro de ser violados

5.2. Existen dos clases de asilo reconocidos en el ámbito internacional: el asilo diplomático y el asilo territorial o político.

5.3. Solamente a los perseguidos políticos, no se podrá otorgar a las personas inculpadas o procesadas formalmente.

5.4. El asilo diplomático solo pude ser acordado en los locales de las misiones diplomáticas.

5.5. Al recibir la solicitud de asilo se debe consultar al Ministerio de Relaciones Exteriores del país acreditante para tomar una decisión.

5.6. El Jefe de Misión debe proceder a pedir al asilado que firme un documento con sus datos personales y el compromiso de no tener contactos con el exterior sin la intervención suya.

5.7. El Asilo termina por abandono voluntario, por concesión de salvoconducto, por salida de la misión, por traslado a otra misión diplomática.

6. La Diplomacia en la era Digital

6.1. El diplomático debe mantener la discreción, la corrección y la seguridad al utilizar la tecnología digital para asuntos político-diplomáticos. Lo escrito en la Web puede ser victima de un hacker.

6.2. Siempre hay que poner apagar el celular o ponerlo en silencio cuando se participa en alguna actividad diplomática.

7. Tratados Internacionales

7.1. Es un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho internacional

7.2. Existen: Convención, concordato, acuerdo, arreglo o entendimiento, protocolo,  pacto de caballeros, modus vivendi, acuerdos intergubernamentales, declaración, canje de notas, convenio, pacto, carta,

7.3. Las partes tienen la obligación moral y jurídica de cumplirlos en su totalidad, siempre que no pugnen con normas reconocidas del Derecho internacional ni contravengan disposiciones internas, a menos de que se estipule que etas varíen para efecto del tratado.

7.4. La violación grave por una de las partes de un tratado bilateral facultará a la otra parte para dar por terminado el tratado, o para suspender su aplicación total o parcialmente.

7.5. Hay tratados multilaterales que son el producto de conferencias o reuniones especializadas convocadas por algún gobierno u organismo internacional.

7.6. Se considera que una convención multilateral entra a surtir efectos para cada Estado sólo desde la fe cha del depósito de su ratificación en la sede, o bien que entre en vigencia luego que cierto número de Estados hayan ratificado la convención.

8. Conferencia Internacional

8.1. Es una reunión multilateral para efecto de plantear situaciones, establecer negociaciones o dar solución a conflictos, ya sea políticos, sociales, jurídicos, económicos, técnicos o culturales.

8.2. Las lenguas o idiomas que se utilizan son los idiomas oficiales de la ONU: Lengua árabe, chino-mandarín, española, francesa, inglesa y rusa.

8.3. Al final de la conferencia, si con ellas se han logrado los objetivos esperados surgen una serie de propuestas, acuerdos y posibles soluciones a los temas planteados, los cuales deberán ser presentados en la sesión final para su aprobación.

9. La Diplomacia AD-HOC

9.1. Se ejerce a través de delegaciones oficiales de representantes de un Estado enviados a otro Estado para cumplir una misión especial.

9.2. Las más utilizadas son misiones ceremoniales, enviadas a los Estados amigos para dar realce a algún acontecimiento extraordinario,.

9.3. A los funcionarios se les puede clasificar en:

9.4. Enviados especiales

9.5. Representantes personales

9.6. Observadores

9.7. Miembros de comitivas de Jefes de Estado

10. La Diplomacia a través de los Organismos Internacionales

10.1. La ONU: Es la agrupación internacional más representativa y de mayor alcance jamás creada y ha contribuido en forma significativa al bienestar y progreso internacional.

10.2. Los Estados miembros han otorgado a las instituciones internacionales una autonomía cada vez mayo, lo que ha sido necesario para asegurar su eficiente funcionamiento.

10.3. Las misiones antes los Organismos Internacionales pueden ser: Misión Permanente y Misión Permanente de Observación

11. Ceremonial y Normas Protocolares relativas a la Actividad Diplomática

11.1. Se consolida con el intercambio de misiones diplomáticas entre los mismos

11.2. En beneplácito es la aprobación que se solicita al gobierno del Estado ante el cual se desea nombrar un nuevo Jefe de Misión.

11.3. Las cartas credenciales constituyen la autorización por el gobierno acreditante la cual debe ir firmada por el Jefe de Estado.

11.4. Todos los Jefes de misión serán recibidos por el Jefe de Estado en el orden de su arribo al país.

11.5. Luego de que el nuevo Jefe de misión presenta sus credenciales, la dirección de protocolo le envía una lista de las personalidades oficiales del país a las cuales él deberá visitar o dejar su tarjeta de visita.

11.6. A los cinco días siguientes a la presentación oficial de Credenciales, el Jefe de Misión visitará personalmente al Decano del cuerpo diplomático.

11.7. Para el fin de una misión diplomática, el Jefe de misión que parte debe anunciar por escrito al Ministerio de Relaciones Exteriores y a los miembros del Cuerpo diplomático, la fecha en la cual su misión concluye, proporcionando el nombre y categoría del Encargado de negocios ad interim que lo reemplazará.

11.8. El Jefe de Misión que se retira es distinguido con alguna condecoración.

11.9. La precedencia oficial diplomática y consular la determina la fecha en que tomaban posesión de su cargo.

11.10. Si todos los miembros de una misión diplomática asisten a algún acto, deben coocarse junto a su jefe.

11.11. Los cónyuges de los miembros del Cuerpo Diplomático tienen los mismos derechos de honor de precedencia.

11.12. La Nunciatura apostólica ocupa el primer lugar en los países que reconocen la precedencia del Papa, seguido por las embajadas y luego las legaciones.

11.13. Existe una Lista o Guía Diplomática que es una recopilación emitida por la Cancillería de cada país, en la cual indica la precedencia dentro de las misiones diplomáticas.

11.14. La precedencia consular se establece por categoría de Jefes de oficina de acuerdo con la fecha de expedición exequátur. Si es la misma fecha la precedencia será determinada por la fecha de presentación de sus Cartas patentes.

12. Participación del Cuerpo diplomático en diferentes eventos

12.1. Ceremonias oficiales

12.1.1. El Cuerpo Diplomático participa únicamente en las ceremonias a las que asiste personalmente el Jefe de Estado. En la invitación debe especificar la vestimenta.

12.1.2. El cuerpo diplomático ocupa el puesto inmediatamente después de la personalidad que preside la ceremonia

12.1.3. El lado derecho es considerado preferente al lado izquierdo, con excepción de la Iglesia Católica, que considera el izquierdo el lado preferente.

12.1.4. Los Jefes de Misión deberán ser invitados con al menos diez días de anticipación

12.1.5. Si un Jefe de misión es reemplazado por un funcionario subalterno, este último no puede ocupar el lugar marcado para el Jefe de Misión ausente.

12.1.6. Se deben responder las invitaciones de este tipo a fin de que la Dirección de protocolo pueda organizar debidamente la precedencia en la ceremonia.

12.2. Desfiles o cortejos

12.2.1. El Cuerpo Diplomático nunca desfila, solamente participa en calidad de observar. Luego de saludar al Jefe de Estado, deberá acompañarlo a presencial el desfile, colocándose en la tribuna a la derecha de la personalidad en cuyo honor se ha organizado el desfile o ceremonia.

12.2.2. Si el número de personas es impar el puesto de honor es el del centro.

12.2.3. Si el número de personas es par, el puesto de honor es el de la derecha.

12.2.4. La precedencia corresponde al que va delante si son dos personas. Si son tres o cualquier número impar, el puesto de honor es el del medio, el anterior es el segundo puesto, el posterior es el tercer puesto y así sucesivamente.

12.2.5. Si son cuatro en el cortejo, el puesto principal es el penúltimo.

12.2.6. En procesiones religiosas, el puesto de honor es el último; el de menor ranto en cambio, ocupa el primer lugar.

12.2.7. En una embarcación la persona de mayor rango se embarca de último y desembarca de primero.

12.3. Tribunas Oficiales

12.3.1. Cuando el Cuerpo diplomático sea llamado a participar en tribunas oficiales, se colocará en la tribuna principal, al lado derecho. En el centro de la misma, se sitúan el Jefe de Estado, el Jefe de gobierno, el Presidente del Órgano Legislativo y el Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Detrás, se colocan los Ministros de gabinete y los funcionarios de palacio. Al lado izquierdo, se colocan las autoridades nacionales en el orden de precedencia local.

12.4. Dentro de los vehículos

12.4.1. En los vehículos en los que los dos asientos están colocados frente a frente, se considera que el puesto de honor es el lado derecho del asiento trasero osea el que mira en dirección de la marcha.

12.4.2. Al momento de partir, el vehículo debe colocarse de forma tal que el lado izquierdo quede pegado a la acera. La persona que ha de ocupar el puesto de honor entra primero, seguida por la persona que ocupara el segundo lugar y así sucesivamente.

12.4.2.1. Si el espacio no permite que el vehículo se coloque del lado izquierdo, la persona que ha de ocupar el puesto de honor entra entonces por la puerta derecha y las demás personas entrarán por la puerta izquierda para evitar atravesar por delante del personaje principal

12.4.2.2. Al llegar a su destino, el chofer deberá colocar el vehículo para que la salida sea por el lado derecho del mismo, permitiendo así que la persona en el puesto de honor descienda primero.

12.5. Actos Oficiales en Teatros

12.5.1. Debe ubicarse al Presidente, Vicepresidente y al Jefe de gobierno en el centro de la primera fila o en el palco principal, reservándose la mitad derecha de los palcos o balcones para los diplomáticos y la mitad izquierda para los miembros del gobierno

12.6. Ceremonias Religiosas

12.6.1. La Iglesia se encarga de hacer los arreglos para la colocación de los asistentes en sus lugares correspondientes. El sitio de honor en las iglesias es en principio en la nave central a la derecha del sacerdote oficiante. En este tramo , se sientan el Jefe de Estado o su representante, los Presidentes del Parlamento o Asambleas, y el Gabinete ministerial. Los Jefes de Misiones diplomáticas y los del Cuerpo consular y sus colaboradores se colocan después del Gabinete ministerial.

12.6.2. En el Palacio de gobierno sólo se podrán vela al Jefe de Estado a los Ex presidentes, al Vicepresidente y a los Ministros de Estado que fallezcan en el ejercicio de sus funciones.

13. Colocación de la Mesa

13.1. El anfitrión debe ocupar el puesto frente a la puerta de entrada o frente a las ventanas del comedor. Los invitados a su vez serán colocados de acuerdo a su rango en el orden de precedencia.

13.2. La costumbre francesa es la de ocupar como puesto principal o cabecera, el centro de la mesa, lo que produce un mayor acercamiento entre anfitrión e invitados.

13.3. La costumbre inglesa en cambio es la de ocupar los extremos de la mesa como puestos principales

13.4. Existe también la mesa presidida por una sola persona. En estos casos, el anfitrión preside la mesa, generalmente en el centro; se coloca a su derecha el invitado principal y a su izquierda al siguiente en precedencia.

13.5. Cuando hubiera un invitado muy destacado en una mesa solo de hombres, se le podrá ubicar presidiendo la mesa frente al anfitrión.

13.6. Cuando requiere una mayor concurrencia se usa la mesa en forma de T o de U.

13.7. Cuando el número de damas y caballeros no sea igual se deberá hacer la alternación en forma tal que se disimule la diferencia

13.8. Cuando a un invitado no se le pueda dar el puesto que en rigor le corresponde sino uno de categoría inferior, el anfitrión deberá darle una explicación a su llegada, nunca a  una dama.

13.9. En cualquier tipo de comida se exige la tarjeta personal de mesa, la cual tendrá escrito el tratamiento, cargo y nombre de cada persona.

13.10. La puntualidad es muy importante

13.11. Utilizar los tratamientos que corresponden.

14. Órganos externos

14.1. La Misión Diplomática

14.1.1. La dependencia político-administrativa expresamente destinada para los agentes diplomáticos.

14.1.2. La capacidad de un sujeto de Derecho internacional para crear una misión diplomática radica en tres elementos indispensables: la personalidad jurídica internacional, el mutuo acuerdo y el reconocimiento de Estados y de gobiernos

14.1.3. La función: Mantener relaciones ente el Estado acreditante y el receptor, proteger los intereses del Estado acreditante, establecer negociaciones enterarse por los medios lícitos de las condiciones de acontecimientos e informar al gobierno del Estado acreditante, fomentar las relaciones amistosas y desarrollar relaciones económicas, culturales y científicas entre ambos estados.

14.1.4. Las principales misiones diplomáticas son Embajadas y Legaciones

14.1.5. La estructura de la misión diplomática queda en libertad de los Estados, pero la forma aceptada es:  Cancillería, Sección económica y comercial, sección consular, sección de asuntos culturales, sección de prensa, agregaduría militar.

14.1.5.1. Suspensión de la Misión diplomática: Una Misión Queda suspendida cuando un Estado expresa su deseo de no continuar manteniendo representación en otro Estado con el cual mantiene relaciones diplomáticas. No significa ruptura de relaciones diplomáticas. Es preciso el acuerdo mutuo.

14.1.5.2. Ruptura de las relaciones diplomáticas: Se da como producto de la existencia de hostilidades entre los Estados o como protesta de un estado por ofensas hechas en contra de su gobierno o cultura. Se retira a todo el personal.

14.1.5.3. Extinción de la misión diplomática: El estado tiene el pleno poder y libertad para suspenderla totalmente.

14.1.5.4. El Estado manifiesta a través del gobierno, que no desea mantener relaciones con el nuevo gobierno de otro Estado con el cual las tenía anteriormente.

14.1.5.5. Guerra: Las hostilidades propias de una guerra extinguen de inmediato las relaciones diplomáticas entre los Estados y por consiguiente, las misiones diplomáticas

14.1.5.6. Extinción de personalidad jurídica internacional: indica la inmediata desaparición del Estado como ta.

14.1.5.7. Supresión: Se suspende temporal la misión por alguna circunstancia adversa a su buen funcionamiento.

14.2. La misión consular

14.2.1. la dependencia establecida en el exterior para cumplir funciones de orden principalmente económico y administrativo.

14.2.1.1. Clasificación de los cónsules: Cónsules generales, Cónsules y Vicecónsules.

14.2.1.2. Funciones Consulares:

14.2.1.3. Hacer respetar los derechos de sus connacionales

14.2.1.4. Informar al gobierno y a los nacionales sobre las posibilidades económicas y comerciales del país donde ejerce funciones

14.2.1.5. Llevar un Registro de los nacionales residentes en su jurisdicción

14.2.1.6. Expedir y prorrogar los pasaportes a sus connacionales

14.2.1.7. Visar los pasaportes extranjeros

14.2.1.8. Servir de notario público

14.2.1.9. Legalizar las firmas y actos jurídicos extranjeros

14.2.1.10. Recibir declaraciones

14.2.1.11. Aactuar como oficiales de la policilía marítima

14.2.1.12. Cumplir las disposiciones del Arancel consular de su país.

14.2.1.13. Letras o Cartas Patentes: Son documentos dados por el Estado acreditante para certificar la calidad del Jefe de la Oficina consular.

14.2.1.14. Exequátur: Es un documento oficial, una certificación formal que acredita oficialmente al funcionario consular en su cargo.

14.2.1.14.1. Fin de la actividad consular: fallecimiento, jubilación, retiro o dimisión, cancelación del Exequátur, notificación al Estado receptor de dar término a esas funciones, ser declarado persona non-grata.

14.3. Otras formas de representación externa

14.3.1. Misiones especiales permanentes, las delegaciones internacionales, y las representaciones ante organismos internacionales.

15. Personal de la Misión Diplomática

15.1. Está compuesto por todos los funcionarios de una misión diplomática que posean calidad de diplomático, habiendo sido acreditados como tales en el país sede de la misión.

15.1.1. Es obligación de los agentes diplomáticos guardar absoluto respeto por las leyes del Estado receptor así como el principio de la no intervención en los asuntos internos de ese Estado.

15.2. La nacionalidad debe ser del país que los acredita como tales.

15.3. Se dividen en ordinarios y extraordinarios, en forma permanente o periodo limitado de una misión especial.

15.4. El Jefe de Misión , es la máxima autoridad con relación a los demás funcionarios en una misión diplomática. Es el representante de los intereses del Estado acreditante ante el Estado receptor.

15.5. En la carrera diplomática pueden reconocerse las siguientes categorías:

15.6. Embajador

15.7. Ministro Consejero

15.8. Consejero de Primera Clase

15.9. Consejero de Segunda Clase

15.10. Primer Secretario

15.11. Segundo Secretario

15.12. Tercer Secretario

16. Ceremonial y Protocolo

16.1. Ceremonial: se refiere al aspecto funcional, es decir a la creación de un escenario y atmósfera apropiados para el desenvolvimiento de las relaciones pacíficas de los Estados soberanos

16.2. Protocolo: se refiere al aspecto normativo de cada país, reglamentos y las ordenanzas que gobiernan el ceremonial. Tiene por objeto reconocerle a cada individuo las prerrogativas, privilegios e inmunidades a los cuales tiene derecho.

16.3. La base del ceremonial y el protocolo es el principio jurídico de la igualdad natural de los Estados, y su meta o propósito es eliminar las causas de desavenencias y disputas entre los mismos, las cuales surgen a menudo en el transcurso de sus relaciones.

16.4. El Ceremonial y el protocolo están a cargo de un servicio dentro del Ministerio de Relaciones Exteriores conocido usualmente como la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado.

17. Uso de la Bandera y Escudo Nacionales

17.1. Las misiones diplomáticas pueden enarbolar su bandera nacional en los predios que ocupan como oficinas, así como en la residencia del Jefe de misión. Se acostumbra izar la bandera nacional a las 8 a.m. y arriarla al ponerse el sol.

17.2. Las sedes diplomáticas deben enarbolar únicamente su propia bandera nacional. Sin embargo, si un Jefe de Estado hace una visita oficial a la misión, por cortesía se permite que se enarbole la bandera del país al cual pertenece el Jefe de Estado.

17.3. La costumbre establece que las misiones diplomáticas y las oficinas consulares porten su banderín en sus automóviles para asuntos oficiales.

17.4. En los casos en que una misión deba enarbolar las banderas nacionales en varios países por circunstancias especiales, éstas se colocarán en el orden de precedencia local. El puesto de honor pertenece en todo caso a la bandera nacional donde la misión y es el del centro.

17.5. Si son dos banderas, la que tiene el puesto de honor ocupará el lado derecho, osea a la izquierda del observador.

17.6. El pabellón nacional de la misión diplomática deberá ser izado en los predios de la Embajada o del Consulado en ocasión de las fiestas nacionales del país receptor.

18. Himno Nacional

18.1. Es obligatorio interpretar el himno completo en actos conmemorativos de la Independencia y otras fechas cívicas.

18.2. Cuando es interpretado el himno en ceremonias oficiales, sus acordes deben ser escuchados de pie

18.3. En cumbres presidenciales o donde hayan representantes de varios países, se interpretan los himnos de cada país, en orden alfabético.

19. Fiesta Nacional

19.1. Las misiones diplomáticas y oficinas consulares tienen obligación de celebrar el día nacional de su país. Deberán ofrecer una recepción a sus connacionales, al Cuerpo diplomático y a las autoridades locales.

19.2. En algunos países también se acostumbra hacer una ofrenda floral algún monumento.

20. Duelo Oficial

20.1. Es decretado  expresamente por el gobierno del Estado acreditante o por el del Estado receptor. El pabellón se coloca a media asta por un período de tiempo determinado, durante el cual se utilizará papelería con borde negro para la correspondencia.

21. Vestimenta Diplomática

21.1. Para cada ocasión en particular, la etiqueta dicta reglas del vestir que el diplomático consciente debe respetar rigurosamente. Por ello es importante llevar el traje que se indica en la tarjeta de invitación o el correspondiente a la solemnidad y a la hora en que se lleva a cabo el evento.

22. Uso e imposición de Condecoraciones

22.1. Se usan para honrar a nacionales o extranjeros que se hayan distinguido por servicios especiales al país, data de tiempos remotos

22.1.1. Gran Cruz

22.1.2. Gran Oficial

22.1.3. Comendador

22.1.4. Oficial

22.1.5. Caballero

22.2. Cada orden o condecoración tiene su reglamento el cual establece un patrón de méritos que deben tenerse presentes para otorgarlas.

22.3. Para facilitar el uso de las condecoraciones a las personas que poseen muchas, existen las miniaturas que son las reducciones de las joyas originales. Estas no se llevan sobre el uniforme sino con el traje de gala.  Generalmente se usan en la noche con el frac.

22.4. Existe la costumbre muy difundida de condecorar al personal diplomático. Las condecoraciones que se dan a los funcionarios del Servicio Exterior deberán ser otorgadas de acuerdo a sus categorías. La jerarquía de los condecorados corresponde por lo general, al grado de las órdenes en la siguiente manera:

22.4.1. Gran Collar o Collar

22.4.2. Gran Cruz

22.4.3. Gran Oficial

22.4.4. Comendador con placa

22.4.5. Comendador

22.4.6. Oficial

22.4.7. Caballero

22.5. La ceremonia en la cual se otorgan las mismas deben estar revestida de solemnidad.

22.6. La lista de invitados le es solicitada al condecorado con anticipación para que incluya a sus familiares y amigos a quienes desea invitar al acto. El funcionario que otorgue la condecoración invita a sus colaboradores inmediatos.  Durante la ceremonia, los invitados se colocarán por orden de precedencia, a ambos lados del oferente, a su derecha estará el homenajeado y su cónyuge.

23. Correspondencia Diplomática

23.1. El sistema de comunicación por excelencia ha sido el escrito, ya que presenta innumerables posibilidades de difusión y evita la distorsión a la que se presta la comunicación verbal.

23.2. Entre los múltiples tipos de correspondencia que utiliza el Servicio Exterior, podemos mencionar: la correspondencia oficial, la correspondencia personal y la correspondencia privada.

23.3. Actualmente el lenguaje diplomático es el inglés y en menor escala el francés.

23.4. El lenguaje diplomático incluye hablar de forma cautelosa, lo que permite decir cosas fuertes sin ser descorteses ni provocativos.

23.5. La vajilla diplomática consiste en uno o varios bultos que provistos de signos exteriores visibles que indican su carácter, contiene documentos diplomáticos u objetos de uso oficial, los cuales no pueden ser confiscados ni abiertos en tránsito o en el país de destino.