Trujillo: Una Tragedia Que No Cesa

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Trujillo: Una Tragedia Que No Cesa by Mind Map: Trujillo: Una Tragedia Que No Cesa

1. Derecho Internacional de los Derechos Humanos

2. Masacres ocurridas en Trujillo Valle entre los años 1986 y 1994, cometidas por los narcotraficantes alias "Don Diego", alias "El Alacrán", Ejercito, Policía y agentes del Estado.

3. Derecho Internacional Humanitario

4. Llevar este caso a las entidades Internacionales trajo la conclusión de que el responsable

5. El derecho internacional humanitario (DIH) es un conjunto de normas cuya finalidad es limitar los efectos de los conflictos armados. •  Limita las opciones de las partes en el conflicto en lo que respecta a los métodos y medios de guerra. •  Protege a las personas que no participan o han dejado de participar en las hostilidades. •  También se lo conoce como derecho de la guerra o derecho de los conflictos armados

6. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar en determinada forma, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

7. La masacre de Trujillo es  uno de los primeros casos en ser presentados por organizaciones no gubernamentales de derechos humanos locales, en calidad de demandantes a una instancia internacional.

8. Derecho Penal Internacional

9. Llevar este caso a las entidades Internacionales trajo

10. El Derecho Penal Internacional es la rama del Derecho que define los crímenes internacionales (principalmente, genocidio, crimen de guerra, crímenes contra la humanidad y crimen de agresión) y regula el funcionamiento de los tribunales competentes para conocer de los casos en los que los individuos incurran en responsabilidad penal internacional, imponiendo las sanciones que correspondan.

11. "por la acción u omisión de servidores públicos en la ocurrencia de los sucesos..."

12. "porque sus instancias judiciales y disciplinarias se abstuvieron de recaudar pruebas pertinentes, fallaron en contra de la realidad procesal y cometieron otras graves irregularidades que impidieron la identificación y sanción de los autores..."

13. Por "la participación directa del Ejército Nacional y de otras personas, servidores públicos o particulares, que no han sido identificadas o que habiendo sido mencionadas en las investigaciones, no han sido vinculadas a los respectivos procesos, o que fueron absueltas"