EL PODER EJECUTIVO

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EL PODER EJECUTIVO by Mind Map: EL PODER EJECUTIVO

1. Ministros(as) de Venezuela

1.1. Los Ministros o Ministras son órganos directos del Presidente o Presidenta de la República, y reunidos conjuntamente con este o ésta y con el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, integran el Consejo de Ministros

2. Procuraduria General de la República

2.1. La Procuraduría General de la República asesora, defiende y representa judicial y extrajudicialmente los intereses patrimoniales de la República y será consultada para la aprobación de los contratos de interés público nacional. Está a cargo del procurador general de la República, nombrado y ratificado por la Asamblea Nacional. Asiste y forma parte del consejo de ministros, con voz pero sin voto.

3. El Consejo de Estado

3.1. El Consejo de Estado es el órgano superior de consulta del Gobierno y la Administración Pública Nacional. Será de su competencia recomendar políticas de interés nacional en aquellos asuntos a los que el Presidente o Presidenta de la república reconozca de especial trascendencia y requiera su opinión.

4. El Presidente de la República es el Máximo órgano del poder Ejecutivo y cumple funciones de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, primer representante al exterior y jefe de la Administración Pública Naciona

5. El Poder Ejecutivo Nacional en Venezuela es representado por el Presidente, el Vicepresidente, los Ministros y el Procurador General de la República.

5.1. PARA SER ELEGIDO PRESIDENTE O PRESIDENTA:

5.1.1. Es elegido a su cargo por un período de 6 años; aparte, puede ser reelecto de manera continua para periodos adicionales, en elecciones generales, universales, secretas y directas Se requiere ser venezolano por nacimiento, sin otra nacionalidad. Ser mayor de 30 años Ser de estado seglar No estar sometido a condena mediante sentencia definitivamente firme Obtener el determinado número de firmas exigidas por el Consejo Nacional Electoral

5.2. Las atribuciones del presidente de la República:

5.3. Cumplir y hacer cumplir la legislación de Venezuela

5.4. Nombrar y destituir al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, nombrar y destituir a los Ministros o Ministras

5.5. Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales

5.6. Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella y fijar su contingente

5.7. Declarar los estados de excepción y decretar la restricción de garantías en los casos previstos

5.8. Administrar la Hacienda Pública Nacional

5.9. Nombrar y destituir aquellos funcionarios o aquellas funcionarias cuya designación le atribuye la legislación

5.10. Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la Nación

5.11. Las demás que le señalen la Constitución y la ley

6. Vicepresidente de la Republica

6.1. Órgano de Estado, nombrado por el presidente de la República. Entre sus funciones está la de colaborar con el mismo en actos de importancia para el país.

6.2. Así como también asumir el cargo de presidente de la República en caso de así ser necesario y en casos previstos por la ley. Es además el órgano que preside el Consejo de Estado