DECRETO 30200

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DECRETO 30200 by Mind Map: DECRETO 30200

1. SECCION 23

1.1. Se aplicará al contabilizar ingresos de actividades ordinaria~ procedentes de las siguientes transacciones y sucesos: ..

1.1.1. * La venta de bienes (si los produce o no la entidad para su venta los adquiere. * La prestación de servicios. * Los contratos de construcción en los que la entidad es el contratista. * El uso,' por parte de terceros, de activos de la entidad que produzcan intereses, regalías o dividendos.

1.2. Medición de los ingresos de actividades ordinarias

1.2.1. Una entidad medirá los ingresos de actividades ordinarias al valor razonable de la contra prestación recibida o por recibir.

1.2.2. Una entidad incluirá en los ingresos de actividades ordinarias Solamente las entradas brutas de beneficios económicos recibidos y por recibir por parte de la entidad, por su cuenta propia.

1.3. Pago diferido

1.3.1. Cuando se difieren las entradas de efectivo o equivalentes al efectivo y el acuerdo constituye efectivamente una transacción financiera, el valor razonable de la  contra prestación es el valor presente de todos los cobros futuros determinados  utilizando una tasa de interés imputada. La tasa de interés  imputada será, de entre las dos siguientes, la que mejor se pueda determinar:    (a) la tasa vigente para:un instrumento similar de un emisor con una calificación, crediticia similar. (b)  la tasa de interés que iguala el importe nominal del instrumento con el precio  de venta en efectivo actual de los bienes o servicios.

1.4. Intercambios de bienes o servicios

1.4.1. Una entidad no reconocerá ingresos de actividades ordinarias: (a)   cuando se intercambien bienes o servicios por bienes o servicios de naturaleza y valor similar.                                                              (b)   cuando se intercambien bienes o servicios por bienes o· servicios de naturaleza diferente, pero la transacción carezca de carácter comercial.

1.5. Ventas de bienes

1.5.1. Ventas de bienes

1.5.2. Una entidad reconocerá· ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de bienes cuando se 'satisfagan todas y ,cada una de las siguientes ' condiciones: . (a) La entidad haya transferido al comprador los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de los bienes. (b) La entidad no conserve ninguna participación en la gestión de forma continua en el grado usualmente asociado con la propiedad, ni retenga el control efectivo sobre los bienes vendidos. (c) El importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda medirse con fiabilidad. (d) Sea probable que la entidad obtenga los beneficios económicos asociados de la transacción. (e) . Los costos incurridos, o por incurrir, en relación con la transacción puedan ser los medidos con fiabilidad.

1.6. Prestación de servicios

1.6.1. Cuando el resultado de una transacción que involucre la prestación de servicios pueda ser estimado con fiabilidad, una entidad reconocerá los ingresos de actividades ordinarias asociados con la transacción, por referencia al grado de terminación de la transacción al final del periodo sobre el que se informa que aveces conocido como el método del porcentaje de terminación). El resultado de una transacción puede ser .estimado con fiabilidad cuando se cumplan todas las . condiciones siguientes: (a) El importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda medirse con fiabilidad. (b) Es probable que la entidad obtenga los beneficios económicos derivados de la transacción.                                                   (c) El grado de terminación de la transacción, al final del periodo sobre el quesé informa, pueda ser medido con fiabilidad. (d) Los costos incurridos en la transacción, y los costos para completarla, puedan medirse con fiabilidad.