Funcionarios Públicos

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Funcionarios Públicos by Mind Map: Funcionarios Públicos

1. PROHIBICIONES

1.1. Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, por hacer, apresurar, retardar o dejar de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones.

1.2. Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, para hacer valer su influencia en razón del cargo que ocupa ante otra persona sujeta a la aplicación de esta Ley, con la finalidad de que éste haga, apresure, retarde o deje de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones.

1.3. Percibir más de una remuneración proveniente del presupuesto del Estado, cuando las labores deban ejercerse en el mismo horario, excepto las que expresamente permita el ordenamiento jurídico.

1.4. Desempeñar simultáneamente dos o más cargos o empleos en el sector público que fueren incompatibles entre sí por prohibición expresa de la normativa aplicable, por coincidir en las horas de trabajo o porque vaya en contra de los intereses institucionales

1.5. Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley.

1.6. Exigir o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de labores para que realicen actividades que no sean las que se les requiera para el cumplimiento de los fines institucionales.

1.7. Aceptar o mantener un empleo, relaciones contractuales o responsabilidades en el sector privado, que menoscaben la imparcialidad o provoquen un conflicto de interés en el desempeño de su función pública.

1.8. Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley.

1.9. Retardar sin motivo legal la prestación de los servicios, trámites o procedimientos administrativos que le corresponden según sus funciones.

1.10. Se entiende por retardo cuando una persona sujeta a la aplicación de esta Ley difiriere, detiene, entorpece o dilata la prestación de los servicios, trámites y procedimientos administrativos no acatando lo regulado en la Ley, en los parámetros ordinarios establecidos en la institución pública o, en su defecto, no lo haga en un plazo razonable.

1.11. Denegar a una persona la prestación de un servicio público a que tenga derecho, en razón de nacionalidad, raza, sexo, religión, opinión política, condición social o económica discapacidad o cualquiera otra razón injustificada.

1.12. Utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo político partidario.

1.13. Prevalerse del cargo para hacer política partidista.

2. DEBERES

2.1. Conocer las normas que le son aplicables a razón del cargo

2.2. Deber de Cumplimiento

2.3. Deber de no Discriminación

2.4. Deber de Eficiencia

2.5. Deber de Veracidad

2.6. Deber de Confidencialidad

2.7. Deber de excusarse de asuntos donde haya conflictos de interés

2.8. Deber de Denuncia

2.9. Deber de presentar declaración jurada de patrimonio

3. PRINCIPIOS

3.1. No discriminación

3.2. Probidad

3.3. Supremacía del Bien Público

3.4. Imparcialidad

3.5. Justicia

3.6. Transparencia

3.7. Confidencialidad

3.8. Disciplina

3.9. Responsabilidad

3.10. Legalidad

3.11. Lealtad

3.12. Decoro

3.13. Eficiencia y Eficacia

3.14. Rendición de Cuentas