El INEE es el instituto encargado de EVALUAR la CALIDAD, el DESEMPEÑO y los RESULTADOS de la ...

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El INEE es el instituto encargado de EVALUAR la CALIDAD, el DESEMPEÑO y los RESULTADOS de la EDUCACIÓN que se imparte en las escuelas de México. Tiene como objetivo primordial alcanzar una mayor CALIDAD EDUCATIVA by Mind Map: El INEE es el instituto encargado de EVALUAR   la CALIDAD,  el DESEMPEÑO  y los RESULTADOS de la EDUCACIÓN que se imparte en las escuelas de México. Tiene como objetivo primordial alcanzar una mayor CALIDAD EDUCATIVA

1. Ley del Instituto nacional para la evaluación de la educación

1.1. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

1.1.1. Artículo 1. Ley reglamentaria para regular el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

1.1.2. Artículo 2. La observancia y aplicación conforme a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión.

1.1.3. Artículo 3. La interpretación de esta ley corresponde al INEE en el ámbito de competencias.

1.1.4. Artículo 5. Para efectos de esta ley se entenderá por:

1.1.4.1. * Autoridades Educativas—SEP * Autoridades Escolares—directivos, supervisores. * Calidad de la Educación—sistema educativo integrado * Conferencia—intercambio de información y experiencias * Estatuto— al Estatuto Orgánico del Instituto * Instituto— al INEE * Junta—Junta de Gobierno del Instituto * Ley—al presente ordenamiento; * Presidente— Consejero Presidente de la Junta * Secretaría—a la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal * Sistema Educativo Nacional—al constituido en términos de lo dispuesto en el artículo 10 ( Ley General de Educación).

1.1.5. Artículo 4. Las universidades e instituciones educativas de nivel superior podrán suscribir convenios con el INEE en los términos de esta ley.

1.1.6. Artículo 6 La evaluación es la acción de emitir juicios de valor, comparar resultados.

1.1.7. Artículo 7 Los fines de esta evaluación entre otros: Contribuir a mejorar la calidad educativa, asi como a políticas educativas, rendición de cuentas, mejorar la gestión y los procesos educativos, transparencia en los procesos.

1.1.8. Artículo 8 La evaluación debe ser sistemática, integral, obligatoria y periódica. Considerando el contexto y los recursos, las condiciones que se den durante el proceso de E-A.

1.1.9. Articulo 9 La evaluación sobre el transito de alumnos de grado o nivel serán competencia de las autoridades educativas conforme a sus atribuciones.

1.2. CAPÍTULO II Del Sistema Nacional de Evaluación Educativa

1.2.1. SECCIÓN PRIMERA: Del objeto, fines e integración del Sistema Nacional de Evaluación Educativa

1.2.1.1. Artículo 10 El Sistema Nacional de Evaluación Educativa es un conjunto orgánico y articulado de instituciones, procesos, instrumentos y acciones.

1.2.1.2. Artículo 11 El SNEE tiene por objeto contribuir a garantizar la calidad de los servicios educativos

1.2.1.3. Artículo 12 Son fines del SNEE:

1.2.1.3.1. - Establecer la efectiva coordinación entre Autoridades Educativas - Formular políticas integrales - Promover la congruencia de los planes, programas y acciones - Analizar, sistematizar, administrar y difundir información que contribuya a evaluar - Verificar el grado de cumplimiento

1.2.1.4. Artículo 13 Constituyen al SNEE el Instituto, las autoridades, la conferencia, los componentes, parámetros e indicadores educativos.

1.2.2. SECCIÓN SEGUNDA: De las competencias

1.2.2.1. Artículos 14,15,16 y 17 Encargados de la coordinación del SNEE, diseñar lineamientos generales, promover la congruencia de los programas, cumplir lineamientos, sistematizar información. Otorgar facilidades para llevar a cabo la evaluación. Fomentar el trabajo colaborativo. Facilitar el trabajo estadístico y de diagnóstico.

1.2.3. SECCIÓN TERCERA: De la Organización y Funcionamiento del SNEE.

1.2.3.1. Artículos 18,19,20 y 21 El SNEE contará con una conferencia con el objetivo de intercambiar información y experiencias, dicha conferencia será concluida por el presidente, sesionará de manera ordinaria al menos dos veces por año y contara con un secretario técnico.

1.3. CAPITULO III Del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación

1.3.1. SECCIÓN PRIMERA: De la Naturaleza, Objeto y Atribuciones del Instituto

1.3.1.1. Artículos 22,23,24,25,26,27,28 y 29. Estos artículos refieren que el Instituto es un organismo público autónomo, con personalidad jurídica, se integra con recursos, subsidios que viene del sector publico, social y privado. Se regirá por las disposiciones constitucionales. Coordinar el SNEE y evaluar su desempeño en lo que se refiere a la educación básica y media superior. Se regirá por los criterios técnicos de objetividad, validez y confiabilidad. Contara con atribuciones como: + Autoridad en materia de evaluación + Diseñar, implementar y actualizar al sistema educativo + Formular una política nacional de evaluación + Brindar asesoría técnica a las instituciones + Impulsar y fomentar una cultura de evaluación + Evaluación para el ingreso del servicio docente

1.3.2. SECCIÓN SEGUNDA: Del Gobierno, Organización y Funcionamiento

1.3.2.1. Artículos 30,31,32,33,34,35,36,37,38,39,40,41,42,43,44,45,46 La junta como órgano superior estará compuesta de consejeros. Desempeñando sus cargos por periodos de 7 años, podrán ser removidos por causas graves. Desempeñándose con autonomía y probidad. Emitir las normas y procedimientos para la regulación del servicio profesional. La junta sesionará de manera ordinaria y extraordinaria

1.3.3. SECCIÓN TERCERA: De los Lineamientos y Directrices

1.3.3.1. Artículos 47,48,49,50 y 51 Emitirá lineamientos a los que se sujetaran autoridades educativas, federales y locales. Las directrices y lineamientos se harán públicos.

1.3.4. SECCIÓN CUARTA: De los Mecanismos de Colaboración y Coordinación

1.3.4.1. Artículos 52,53,54 y 55 El Instituto se coordinará con las Autoridades Educativas, la información que se genere en la evaluación se registra en la SNEE. Celebrará los actos jurídicos que permitan una eficaz colaboración y coordinación. Promoverá estrategias para el intercambio de información y experiencias que permitan retroalimentar el quehacer educativo.

1.3.5. SECCIÓN QUINTA: De la Información pública

1.3.5.1. Artículos 56,57,58 y 59 Se considera información del SNEE cualquier fuente escrita, visual o base de datos. Dicha información quedara sujeta a los federales. El instituto garantizara el acceso a la información. Se considera reservada la información que contenga datos que pongan en riesgo a los instrumentos de evaluación.

1.3.6. SECCIÓN SEXTA: De la Vigilancia, Transparencia y Rendición de Cuentas

1.3.6.1. Artículos 60,61,62 y 63 La contraloría interna es el órgano de control, vigilancia, auditoria y fiscalización de las actividades. Hacer auditorias y atender quejas. Cumplir con los criterios propuestos. Presentar de manera anual un informe con los procesos de evaluación y se hará de conocimiento público.

1.3.7. SECCIÓN SEPTIMA: Del Régimen Laboral

1.3.7.1. Artículo 64. El personal involucrado laboralmente se regirán por la ley federal de los trabajadores al servicio del estado.

1.4. CAPÍTULO IV De las Responsabilidades y Faltas Administrativas

1.4.1. Artículo 65 y 66 Responsabilidad administrativa al incumplir, negarse a proporcionar información, revelar datos confidenciales, impedir el acceso al público. Dichas responsabilidades administrativas son independientes a las de orden civil y penal.

1.5. CAPÍTULO V De la participación social

1.5.1. Artículo 67 y 68 El instituto establecerá un consejo social consultivo de evaluación de la educación para facilitar la participación activa y equilibrada de los procesos educativos. La función del consejo social consultivo de evaluación de la educación es conocer, opinar y dar seguimiento a los resultados de las evaluaciones que realice el instituto.