
1. Concepto: Permite a algunas personas que se encuentren en dificultades, hacer frente a sus deudas, restructurarlas o negociar sus obligaciones para evitar embargos.
2. Normatividad
2.1. Constitución Política Arts. Preámbulo, 1, 2, 3, 13, 29 229, 334.
2.2. Ley 222 de 1995
2.3. Ley 1116 de 2006
2.4. Ley 1380 de 2010 inexequible por C-685/2011
2.5. Ley 1564 de 2012 Art. 531 y ss CGP
3. Requisitos: 1) Pluralidad de deudas vencidas como de acreedores. 2) que la mora supere los 90 días. 3) La suma del 50% del pasivo del deudor. 4) Proceso ejecutivo o coactivo en curso.
4. Objetivos: 1) Negociar sus deudas a traves de un acuerdo. 2) Convalidar los acuerdos a los que llegue con sus acreedores. 3) La liquidación de su patrimonio.
5. Procesos:
5.1. Recuperación
5.1.1. Negociación de Deudas
5.1.2. Convalidación de Acuerdos
5.2. Liquidación Patrimonial
5.2.1. 1. Incumplimiento
5.2.2. 2. No Acuerdo
5.2.3. 3. Nulidad
5.2.4. Tramite
5.2.4.1. 1. Se abre la liquidación para organizar y analizar
5.2.4.2. 2. Se realiza el traslado a los acreedores
5.2.4.3. 3. Se nombra el liquidador y este realiza las asignaciones de Mayor a Menor
5.2.4.4. 4. Los saldos insolutos desaparecen
6. ¿Ante quien?
6.1. Notarias
6.2. Consultorios Jurídicos (Max 40 SMMLV)
6.3. Centros de Conciliación (Aut. Min Justicia)
6.3.1. Remunerados o Gratuitos
7. No pueden
7.1. Persona Jurídicas (Asociaciones, Fundaciones, Entidades sin Ánimo de Lucro, Entidades Públicas, Etc.)
7.2. Personas Naturales que se dediquen profesionalmente al comercio
7.3. Personas naturales que tengan control de sociedades con participación mayoritaria en acciones, interés o cuotas y poder de decisión sobre ésta.
8. Diferencias
8.1. Insolvencia
8.1.1. Concurren todos los acreedores
8.2. Proceso Ejecutivo
8.2.1. Ejecución Acreedor - Deudor
9. Trámite de la Audiencia 60 días prorrogables por 30 más
9.1. Primera Etapa
9.1.1. Conciliación contable de las deudas
9.1.2. Resuelve las objeciones si las hay el Juez Civil Municipal
9.1.3. Solo se hará para conciliar deudas entre las partes
9.2. Segunda Etapa
9.2.1. El deudor presenta formula de arreglo
9.2.2. Se votará por el contenido del acuerdo por parte de los acreedores
9.2.2.1. El acreedor mayoritario tendrá poder de decisión
9.2.2.2. El acuerdo queda igual para todos los acreedores
9.2.2.3. Debe tener un plazo de cumplimiento de la obligación de un máximo de 60 meses o más pero debe ser acordado.