LA SERVIDUMBRE LEGAL DE ACUEDUCTO
by Jacky Gomez
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3. El que tiene en su predio un canal, puede impedir la apertura de uno nuevo, ofreciendo dar paso por el existente.
3.1. Conceder el paso de aguas, a través de canales y acueductos.
3.2. Hacer por voluntad propia un canal nuevo, teniendo en cuenta que deberá realizar los gastos y la indemnización que le corresponda.
3.3. No sufra alteración de ningún tipo, ni que ambos acueductos se mezclen.
4. El que quiera usar agua de que pueda disponer tiene derecho de hacerla pasar por fundos intermedios.
4.1. Obligación de construir los canales necesarios en los predios intermedios aunque existan canales para uso de otras aguas.
4.2. Obligación de indemnizar a sus dueños y a los predios inferiores.
5. Obtención de permiso de autoridad, para el caso de aguas que atraviesen por fundos intermedios.
5.1. Solo si fuere necesario hacer pasar el acueducto por un camino, río o torrente.
5.2. Así mismo la autoridad concederá el permiso con entera sujeción a los reglamentos respectivos
6. Trae consigo el derecho de tránsito.
6.1. Para
6.1.1. Personas
6.1.2. Animales
7. Derecho de conducción
7.1. De los
7.1.1. Materiales necesarios para su uso.
7.1.2. Y reparación de acueducto
7.1.2.1. Para el cuidado del agua que por el se conduce